Decreto Nº 891 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
3
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 150
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 3 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 891
Córdoba, 14 de julio de 2016
VISTO: El expediente Nº 0451-005717/2016 del registro del Ministerio
de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la aprobación del CON-
VENIO APORTE DE CAPITAL celebrado con fecha 20 de mayo de 2016,
entre el Ministerio de Vivienda Arquitectura y Obras Viales y Caminos de
las Sierras S.A.
Que lo instado encuentra fundamento en el Convenio Marco suscripto
entre la Dirección Nacional de Vialidad y el Ministerio de Vivienda, Arqui-
tectura y Obras Viales, aprobado por Decreto Nº 578/2016, por el que se
denieron y enumeraron las obras viales, y su nanciación, que durante los
próximos cuatro años serán construidas por la referida Dirección Nacional,
el Gobierno de la Provincia de Córdoba y Caminos de las Sierras S.A.
(puntos 1, 2 y 3).
Que en particular, en el punto 3.1) y 3.2) se acordó que la Provincia de
Córdoba instruirá a Caminos de las Sierras S.A. a ejecutar las obras: RUTA
NACIONAL A019: SECCIONES I, II y III del ANILLO DE CIRCUNVALA-
CIÓN DE CÓRDOBA y RUTA NACIONAL Nº 38 – TRAMO: COSTA AZUL
Y PUENTE SOBRE LAGO SAN ROQUE, y su continuación hasta La Falda
en las condiciones y por los montos especicados en el referido Convenio
Marco.
Que el convenio cuya aprobación se gestiona, tiene como objeto efec-
tuar un aporte a cuenta de futuros aumentos de capital social, por parte
del Gobierno de la Provincia de Córdoba, como accionista mayoritaria de
Caminos de las Sierras SA a los nes de la ejecución de las obras ut supra
referenciadas (cláusula primera), especicando el destino de los aportes
integrados para futura conversión en acciones (cláusula segunda)
Que se acompaña en autos nota del accionista Boetto y Buttigliengo
S.A. por la que toma razón de lo acordado en el presente y presta su ex-
presa conformidad, en los términos de la cláusula tercera del Convenio.
Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Departamen-
to Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del
Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales bajo el N° 229/2016,
por Fiscalía de Estado bajo el Nº 306/2016 y en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 144 inciso 1° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- APRUÉBASE el CONVENIO APORTE DE CAPITAL ce-
lebrado con fecha 20 de mayo de 2016, entre el Ministerio de Vivienda
Arquitectura y Obras Viales representado por el señor Ministro, Contador
José Máximo GARCÍA por una parte y Caminos de las Sierras S.A. repre-
sentada por los señores Ricardo Alberto EDELSTEIN, Benjamín Eduardo
SALAS y Jorge Arnaldo ALVES, por la otra, que como Anexo I, compuesto
de dos (2) fojas, integra el presente instrumento legal.
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE
VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / JORGE EDUARDO CORDOBA,
FISCAL DE ESTADO
ANEXO: http://goo.gl/pjbLRH
Córdoba, 16 de mayo de 2016
VISTO: el Expediente Nº 0047-000893/2012/R9 del registro del enton-
ces Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la entonces Dirección General de
Arquitectura, propicia por Resolución Nº 664/15, la aprobación del Acta
Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la sexta
Variación de Costos correspondiente al mes de enero de 2015, por trabajos
faltantes de ejecutar en la Obra: “EJECUCIÓN DE LAS TAREAS DE RE-
PARACIONES Y REFUNCIONALIZACIONES que oportunamente se de-
terminen para la realización del PLAN INTEGRAL DE REGULARIZACIÓN
EDILICIA DE ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES, ubicados en la Ciudad
de Córdoba – AÑO 2013/2014 – ZONA D – Provincia de Córdoba”, suscripta
con fecha 29 de julio de 2015, entre el Director General de Arquitectura y el
Socio Gerente de la Empresa INGECO S.R.L., contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las pre-
visiones del Decreto Provincial Nº 1231/2010, modicatorio de su similar N°
1133/2010, y lo dispuesto por Resolución Nº 013/2011 del entonces Minis-
terio de Obras y Servicios Públicos y lo establecido por el artículo 28 del
Pliego Particular de Condiciones.
Que mediante Decreto N° 620/2013 se adjudicó la obra principal a la
Empresa INGECO S.R.L., suscribiéndose el contrato correspondiente y
replanteándose la obra el día 1 de agosto de 2013, en tanto por Decretos
Nros. 535/2014, 426/2015, 495/2015 y 644/2015, se aprobaron las actas
acuerdo de redeterminación de precios por reconocimiento de la primera a
quinta variación de costos.
Que obra en autos la documentación presentada por la contratista fun-
damentando su pedido.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General de Ar-
quitectura informa que se ha vericado una variación de precios en mes de
enero de 2015 del 7,83 %, ello resulta en un monto a imputar $ 80.784,15,
importe resultante de aplicar al monto contractual faltante de ejecutar, de-
ducido el 10 % de Utilidad Invariable, el incremento citado. Así el nuevo
presupuesto de la obra asciende a la suma de $ 6.774.599,33.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores costos,
compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cual-
quier naturaleza en los términos del artículo 16 del Anexo al de referencia.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el régimen de
que se trata y vericada la existencia de los supuestos que tornan proce-
dente la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección General de
Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación del precio del
contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta Acuerdo de rede-
terminación de precio por reconocimiento de la sexta variación de costos

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR