Decreto Nº 813

EmisorMrio. Infraestructura
Fecha de la disposición27 de Mayo de 2015

DECRETO Nº 813

Mendoza, 27 de mayo de 2015

Visto el expediente N° 7378-G-2013-03794, en el cual se gestiona la transferencia definitiva, por donación, con cargo a favor del Instituto Provincial de la Vivienda (I.P.V.) de un inmueble propiedad de la Provincia de Mendoza, ubicado en calle Circuito el Challao Cerro de la Gloria S/N de la 9° Sección, Capital Ciudad de Mendoza; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 03 del expediente N° 7378-G-201303794 corre agregada copia de la Ley Nº 8592, que autoriza al Poder Ejecutivo a transferir, por donación, con cargo el citado inmueble al organismo ya mencionado.

Que la presente donación tiene como cargo la construcción de viviendas destinadas al personal de la Dirección Provincial de Vialidad.

Que a fojas 18/20 del expediente de la referencia obra copia de la Resolución Nº 2226 de fecha 10 de diciembre del año 2013 del Honorable Directorio del Instituto Provincial de la Vivienda aceptando la donación con cargo del inmueble propiedad de la Provincia de Mendoza, ubicado en calle Circuito El Challao, Cerro de la Gloria S/N de la 9° Sección, Capital Ciudad de Mendoza, consistente en un polígono mensurado en el plano N° 01 46724, integrado por parte del Título I, inscripto en el Registro Público y Archivo Judicial, al marginal inscripción N° 20.623, fojas 185 Tomo 38-B Ciudad Oeste, y parte del Título II, inscripto al Nº 17.920, fojas 737 Tomo 36-E Ciudad Oeste, unificados en la misma mensura, que cuenta con una superficie, según mensura, de 9 ha 5.068,86 m2, dividida como Título I con una superficie de 2 ha 7.002,30 m2 y Titulo II con una superficie de 6 ha 8.066,56 m2 y cuya nomenclatura catastral de alta es 01-01-88-2300-621100-0000-7 y cuyo padrón de Rentas de alta es 01-72756-9.

Por lo expuesto, en conformidad con lo establecido por los Artículos 99 Inciso 4to. y 128 Inciso I de la Constitución de la Provincia de Mendoza, 127 de la Ley N° 8706 y 22 y concordantes del Decreto N° 450/2015, lo dictaminado por la Asesoría Legal del Ministerio de Infraestructura y por Fiscalía de Estado,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Transfiérase al Instituto Provincial de la Vivienda (I.P.V.) por donación, el inmueble propiedad de la Provincia de Mendoza, ubicado en calle Circuito El Challao, Cerro de la Gloria S/N de la 9° Sección, Capital Ciudad de Mendoza, consistente en un polígono mensurado en el plano N° 01 46724, integrado por parte del Título I, inscripto en el Registro Público y Archivo Judicial, al marginal inscripción N° 20.623, fojas 185 Tomo 38-B Ciudad Oeste, y parte del Título II, inscripto al N° 17.920, fojas 737 Tomo 36-E Ciudad Oeste, unificados...

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