Decreto N° 60

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición26 de Febrero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DECRETO N.° 60/18
Buenos Aires, 23 de febrero de 2018
VISTO:
El Código Fiscal 2018 (t.o. conforme Decreto N° 59/18), las Leyes Nros 2.603 y 5.460
(texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 363/15 y modificatorios y
578/16, la Resolución N° 19- SSCOMUNIC/18, Expediente Electrónico N° 05355175-
MGEYA-SSCOMUNIC/2018 y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 10 de la citada norma establece que las tareas de apoyo necesarias
para la actividad del Jefe de Gobierno serán atendidas, entre otras, por la
Subsecretaría de Comunicación;
Que el artículo 12, inciso 1), señala que son funciones comunes de todas las
Secretarías y Subsecretarías la de colaborar con el Jefe de Gobierno en los asuntos
propios de su competencia;
Que el artículo 13 de la precitada Ley, faculta al Poder Ejecutivo a delegar en el Jefe
de Gabinete de Ministros, en los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Jefe de
Gobierno, las facultades relacionadas con las materias que les competen, de acuerdo
a lo que se determine expresa y taxativamente por Decreto;
Que el artículo 31 del mismo cuerpo legal, indica que corresponde a la Subsecretaría
de Comunicación asistir al Jefe de Gobierno en todo lo inherente a sus competencias,
fortaleciendo el contacto directo y la comunicación entre el Gobierno y los vecinos,
elaborando y evaluando las propuestas de soporte comunicacional que permitan
mejorar la relación de las jurisdicciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires con los usuarios de los servicios que produce la Ciudad;
Que entre los lineamientos del plan general de acción del Gobierno 2017-2019 se
destacan el fomento de la buena convivencia y respeto por las normas entre los
habitantes y visitantes de la Ciudad, el mejor mantenimiento y limpieza de la misma y
la reducción a cero de las fatalidades por accidentes de tránsito;
Que por otro lado, mediante Decreto N° 578/16 se estableció que el Vicejefe de
Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo aprueban los
programas de gestión, en el marco de sus respectivas competencias;
Que en este orden de ideas, el Sr. Subsecretario de Comunicación, a través de la
Resolución N° 19/SSCOMUNIC/2018, creó el Programa Integral de Reconocimientos
"Vamos Los Vecinos" que tiene como objetivo generar y reforzar conductas positivas
en las personas humanas y/o pequeños/as comerciantes, estimular la participación
ciudadana con el fin de generar en las personas un rol activo y positivo en pos del
bienestar colectivo, promover la armonización de la sociedad con el ambiente, la salud
pública, la economía y la seguridad vial entre otros;
Que la Ley N° 2.603 creó la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos en el
ámbito del Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5322 - 26/02/2018

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