Decreto N° 308/09

FirmantesMacri - Lemus - Grindetti-A/c
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2009

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 308/ 09

DESIGNAN INTERINAMENTE A JOSÉ MARÍA BRITEZ DNI 22.812.058 COMO AUXILIAR DE PORTERÍA - EN LOS TALLERES PROTEGIDOS DE REHABILITACIÓN PSIQUIÁTRICO - DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD

Buenos Aires, 08/04/2009

VISTO: Expediente N° 38.303/2005, y;

CONSIDERANDO:

Que según surge de los presentes actuados el Director de los Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica, dependiente del Ministerio de Salud, necesita reforzar su dotación, para el normal desenvolvimiento;

Que en consecuencia solicita la designación del señor José Maria BRITEZ, D.N.I.

22.812.058, CUIL. 20-22812058-9, como Auxiliar de Portería, por tratarse de personal

idóneo para desempeñar dicha función;

Que es de hacer notar que dicho requerimiento se efectúa dentro de los términos del artículo 4° de la Ley N° 955 (B.O.C.B.A. N° 1.601), promulgada por Decreto N°

1.749/2002;

Que por lo expuesto y teniendo en cuenta impostergables razones de servicio, se

propicia la cobertura inmediata, interinamente con carácter transitorio y hasta la

provisión definitiva titular por concurso, conforme lo prescripto por el artículo 6° de la Ley N° 471 (B.O.C.B.A. N° 1.026);

Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo acorde lo establecido en el Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Decreto N° 986/2004 (B.O.C.B.A. N° 1.953), y las pautas de encasillamiento fijadas por Decreto N° 583/2005, (B.O.C.B.A. N° 2.187);

Que la presente cuenta con la aprobación de Consejo Asesor Técnico Administrativo (CATA);

Que es de hacer notar que la Dirección General de Desarrollo y Capacitación de

Personal Técnico, Administrativo y Profesional en Salud, presta conformidad a lo

peticionado;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104...

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