Decreto Nº 3.873

EmisorMinist. de Desarrollo Humano Familia y Comunidad
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2008

DECRETO Nº 3.873

Mendoza, 30 de diciembre de 2008

Visto el expediente 3513-M-2008-77762, en el cual se solicita la aprobación del Convenio de Ejecución “Plan Nacional de Seguridad Alimentaria Sistema de Promoción al Derecho a la Alimentación”, suscripto oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada en ese acto por la Sra. Ministra de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad, Lic. Silvia Cristina Ruggeri, por una parte y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por la Sra. Secretaria de Gestión y Articulación Institucional, Nut. Inés del Carmen Paez D´Alessandro, por la otra.

Por ello, atento el pedido formulado, lo dictaminado por Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad y conforme a lo normado en el Art. 2º, inc. g) de la Ley Nº 7826,

EL GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el Convenio de Ejecución “Plan Nacional de Seguridad Alimentaria Sistema de Promoción al Derecho a la Alimentación”, suscripto oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada en ese acto por la Sra. Ministra de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad, Lic. Silvia Cristina Ruggeri, por una parte y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por la Sra. Secretaria de Gestión y Articulación Institucional, Nut. Inés del Carmen Paez D´Alessandro, por la otra, el que en fotocopia autenticada como Anexo, forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2º

Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUE

Silvia C. Ruggeri

Anexo

Convenio de Ejecución Plan Nacional de Seguridad Alimentaria Sistema de

Promoción al Derecho a

la Alimentación

Entre el Ministerio de Desarrollo Social de La Nación, representado en este acto por la Sra. Secretaria de Gestión y Articulación Institucional, Nut. Inés del Carmen Paez D´Alessandro, con domicilio en Avenida 9 de Julio 1925 piso 16 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “La Nación”; y el Ministerio de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad de la Provincia de Mendoza, representado en este acto por la Sra. Ministra, Lic. Silvia Ruggeri, con domicilio en Barrio Cívico Casa de Gobierno piso 5 de la Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, en adelante “La Provincia”, se conviene.

• Objetivos

  1. El presente Acuerdo se suscribe a los efectos de financiar Acciones tendientes a Garantizar la Seguridad Alimentaria de Personas en Condición de Vulnerabilidad Social localizadas en Jurisdicción de la Provincia de Mendoza, en los términos del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria; y teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 25.724, los Decretos PEN Nº 1018 de fecha 28 de Abril de 2003 y 901 de fecha 8 de Octubre de 2003, la Ley 26.339, y la Resolución MDS Nº 2040/03.

    El objetivo general del presente acuerdo consiste en:

    1. Reducir la inseguridad socio-alimentaria de familias en situación de vulnerabilidad social permitiendo el ejercicio del derecho ciudadano a la adquisición de alimentos y productos afines a la higiene-.

    2. Abordar integralmente la problemática familiar, desde la detección de la desnutrición que afecta a los niños, embarazadas y puérperas asistidos en la red Socio-sanitaria de la provincia de Mendoza, en una tarea conjunta con el Ministerio de Salud y Municipios, y en la búsqueda de alternativas de inclusión social-.

    Constituyen sus objetivos específicos:

    1. Contribuir a la economía familiar con una asistencia monetaria directa destinada a la adquisición de alimentos;

    2. Promover la capacitación de los titulares a los efectos que puedan seleccionar los alimentos convenientes para su economía familiar y en la selección, manipulación y elaboración de alimentos nutritivos;

    3. Gestionar la manera asociada con los Municipios y Organizaciones de la Sociedad Civil acciones tendientes a recuperar la práctica de comer en familia;

    4. Promover redes de actores locales para trabajar en el derecho de las familias a una adecuada alimentación;

    5. Equiparar el monto mensual que reciben todos los titulares de derecho alimentario;

    6. Desarrollar estrategias concretas de vinculación de titulares de derecho con el empleo autoempleo,

    7. Tender a la disminución de población incluida en el Programa Derecho Alimentario, a través de políticas activas de inclusión socio-económica de actuales titulares y preventivas de familias en situación de vulnerabilidad,

    8. Favorecer y acompañar la construcción de capacidades en las familias;

    9. Promover y Fortalecer la consolidación de las redes sociales;

    10. Fortalecer la economía local a partir de promover el incremento del consumo en comercios locales-.

    11. Propiciar el acceso a la información sobre pautas de alimentación y otros temas que promuevan el desarrollo de capacidades individuales y sociales de las familias involucradas desde un proceso de capacitación donde intervengan los actores mencionados-

    12. Concienciar y comprometer a los organismos participantes del proyecto de la participación comprometida para fomentar acciones que tiendan al desarrollo humano-.

    13. Fomentar la participación de familias en actividades que promuevan sus derechos y deberes civiles-.

    14. Generar redes articuladoras de acciones...

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