Decreto N° 431

EmisorMinist. de Desarrollo Humano Familia y Comunidad
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2009

DECRETO N° 431

Mendoza, 20 de marzo de 2009

Visto el expediente 726-M-2009-77762, en el cual se solicita se apruebe el Convenio celebrado oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada por la Sra. Ministra de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad, Lic. Silvia Cristina Ruggeri, por una parte y la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representada por su titular, Lic. Marcela Paola Vessvessian, por la otra, en el marco del Programa de "Prevención de la Discriminación, el Abuso y el Maltrato hacia los Adultos Mayores".

Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por Asesoría Letrada, la conformidad de la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad y de acuerdo a lo normado en el Art. 2°, inc. g) de la Ley N° 7826,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el Convenio celebrado oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada por la Sra. Ministra de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad, Lic. Silvia Cristina Ruggeri, por una parte y la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representada por su titular, Lic. Marcela Paola Vessvessian, por la otra, en el marco del Programa de "Prevención de la Discriminación, el Abuso y el Maltrato hacia los Adultos Mayores", el que en fotocopia autenticada, como Anexo, forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUE

Silvia Cristina Ruggeri

_______

ANEXO

CONVENIO

Entre la Secretaría Nacional de Niñez Adolescencia y Familia, representada por su Titular la Licenciada Marcela Paola Vessvessian, con domicilio en la calle Teniente General Juan Domingo Perón N° 524 4° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires en adelante "La Secretaría" por una parte, y el Ministerio de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad, de la Provincia de Mendoza, representado por su Titular Lic. Silvia Cristina Ruggeri (D.N.I.: 10.938.338), con domicilio en 5 Piso Cuerpo Central 0 - Estafeta: Casa de Gobierno, en la Localidad de Mendoza, Provincia de Mendoza, en adelante "El Ministerio", por la otra, acuerdan celebrar el presente convenio sujeto a las siguientes cláusulas.

Segunda: Implementación. "El Ministerio", desarrollará el Programa, a través de cuatro (4) componentes a saber: 1- Capacitación, consistente en el dictado de un seminario de formación dirigido a profesionales y técnicos que trabajen con adultos mayores, con una carga horaria de treinta y dos (32) horas reloj. 2- Fortalecimiento a los adultos mayores y su entorno inmediato, creando ámbitos para que los adultos mayores, sus familiares y/o cuidadores informales compartan inquietudes, intercambien experiencias, transformando este espacio en un lugar de referencia. 3- Sensibilización comunitaria, se desarrollarán acciones destinadas a sensibilizar y concientizar a la comunidad, en la prevención de la discriminación, el abuso y el maltrato a los adultos mayores, a través de charlas en escuelas, instituciones de bien público, etc., campañas publicitarias en los medios locales, folletería, afiches, etc. 4- Asesoramiento legal y psicológico, a través de un equipo interdisciplinario que en una primera etapa recepcionará y luego derivará denuncias relacionadas con la temática del abuso y maltrato hacia los Adultos Mayores. El Programa se localizará en la Zona Sur, Zona del Valle de Uco y Zona Este de la Provincia de Mendoza.

Tercera: "El Ministerio", se compromete a: a) Dar como destino a la suma otorgada, la ejecución del Programa en las tres (3) localidades mencionadas en las cláusula precedente, a través de sus cuatro (4) componentes. El tiempo que llevará la ejecución del Programa será de seis (6) meses. b) A dar inicio a la ejecución del Programa en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha del efectivo pago del subsidio mencionado en la Cláusula Cuarta. c) Seleccionar y contratar los recursos humanos que desempeñarán las funciones de coordinadores, general, grupales, docentes, facilitadores y técnicos, quienes deberán acreditar la idoneidad específica requerida, de acuerdo a los perfiles definidos por el Programa, según se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante del presente. d) Celebrar, en los casos pertinentes, los contratos beca del recurso humano involucrado en cada uno de los componentes del Programa y de conformidad con el modelo que se agrega como Anexo II y que forma parte integrante del presente convenio. e) Proveer la infraestructura y el material didáctico adecuados para el desarrollo del Programa. f) Asignar a una persona que se ocupe de las tareas administrativas que la ejecución del Programa demande. g) Efectuar el seguimiento y monitoreo del Programa. h) Presentar a “La Secretaría”, los antecedentes profesionales del equipo de coordinación local, del equipo interdisciplinario, docentes a cargo de la capacitación y del facilitador para ser aprobados por el nivel central del Programa previo al inicio de las actividades, junto a la planificación total de las mismas, un primer informe de avance según los requerimientos del Programa dentro de los primeros noventa (90) días de ejecución; y un informe final dentro de los veinte (20) días de finalizado el mismo, los que deberán ser debidamente aprobados por "La Secretaría". i) Adecuar los mecanismos de Control y Rendición de Cuentas a lo establecido por la Ley, N° 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sus reglamentaciones, la Resolución del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación N° 2458/04 y lo establecido en el presente convenio. La documentación deberá remitirse indefectiblemente a la Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores, dependiente de "La Secretaría" dentro de los noventa (90) días de finalizada la ejecución del Programa, en un todo de acuerdo con la metodología prevista normativamente y de acuerdo a los formularios que obran como Anexo III que forman parte integrante del presente acuerdo. j) Llevar una contabilidad por separado de ingresos y egresos detallada de los fondos transferidos para la ejecución del Programa objeto del presente. k) Archivar debidamente por un plazo de diez (10) años la documentación original respaldatoria de la inversión realizada de los fondos otorgados conforme a la cláusula primera del presente, la que deberá estar a disposición de la Dirección Técnica Administrativa - Area Rendición de Cuentas, para su análisis y verificación, en el momento que lo considere oportuno y sometida a las competencias de control previstas en la Ley N° 24.156. l) Utilizar los fondos a que hace referencia la Cláusula Primera en la ejecución del Programa objeto del presente, no pudiendo modificar el destino de dichos fondos excepto con autorización previa y expresa de "La Secretaría". m) Dar continuidad a las actividades iniciadas en el marco del presente Convenio.

Quinta: "La Secretaría" efectuará a través de la Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores, inspecciones técnicas y contables en cualquier etapa del proceso de ejecución del Programa, pudiendo, también requerir toda la información que juzgue necesaria ejecución para realizar la evaluación.

Sexta: "La Secretaría" se compromete a: A) Transferir a "EI Ministerio", la suma estipulada en la Cláusula Primera para financiar los gastos de ejecución del Programa denominado "Prevención de la Discriminación, el Abuso y el Maltrato hacia los Adultos Mayores". B) Brindar la asistencia técnica en materia de evaluación y supervisión de aspectos financieros y operativos del Programa. C) Remitir copia de los informes de auditoría y evaluación del Programa que se realicen, para que "El Ministerio", efectúe los ajustes que eventualmente recomiende "La Secretaría".

Séptima: Sin perjuicio de las facultades que le corresponden a la Unidad de Auditoría Interna, la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), queda facultada a realizar los controles de gestión sobre la ejecución del Programa y respecto del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente convenio, para lo cual "El Ministerio", pondrá a su disposición los elementos necesarios al efecto.

Octava: En caso de incumplimiento por parte de "El Ministerio", de algunas de las obligaciones emergentes del presente Convenio, así como la comprobación de falsedad u ocultamiento en la información proporcionada o que proporcione en lo sucesivo, dará lugar a la declaración de caducidad del subsidio en los términos del Artículo 21 de la Ley 19.549 de Procedimientos Administrativos, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que pudieran corresponder. En caso de declararse la caducidad del subsidio "El Ministerio", deberá reintegrar la suma entregada sin necesidad de requerimiento alguno.

Novena: Para todos los efectos emergentes del presente convenio, las partes constituyen domicilios legales en los lugares indicados precedentemente, los que serán válidos mientras no exista notificación fehaciente de su modificación, sometiéndose a la Jurisdicción de los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos aires.

En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 19 días del mes de diciembre de dos mil ocho.

_______

ANEXO I

PROGRAMA DE PREVENCION

DE LA DISCRIMINACION, ABUSO Y MALTRATO HACIA LOS ADULTOS MAYORES

PERFILES DEL EQUIPO LOCAL

  1. Coordinador/a General

    Dado que el Programa es un proceso integral e integrador y que el Coordinador/a orientará el proceso formativo desde el punto de vista técnico y vincular contemplando el desarrollo de los 4 componentes del Programa que se retroalimentan entre sí...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR