Decreto Nº 70/GCABA/13
Firmantes | MACRI - Montenegro - Rodríguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 21 de Febrero de 2013 |
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.894 y 4.007, el Decreto N° 660/11, el Expediente N° 594.273/12,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.894 de Seguridad Pública de la Ciudad de Buenos Aires, en su
establece expresamente que "La participación comunitaria se efectiviza a.
través de la actuación de los Foros de Seguridad Publica, que se constituyen mediante
una ley especial, como ámbitos de participación y colaboración entre la sociedad civil y
las autoridades para la canalización de demandas y la formulación de propuestas en
materia de seguridad pública";
Que dando cumplimiento a ese imperativo legal se dictó la Ley N° 4.007 por la que se
procedió a constituir y regular los Foros de Seguridad Pública (FOSEP);
Que en virtud de lo establecido en el artículo 3° de la Ley precedentemente citada, los
FOSEP promueven la efectiva participación comunitaria para la formulación de
propuestas y seguimiento en materia de políticas públicas de seguridad;
Que en este sentido resulta necesario establecer los lineamientos tendientes a
fomentar y estimular la participación de todos los vecinos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en los Foros precitados;
Que el Decreto N° 660/11 establece como responsabilidad primaria de la
Subsecretaría de Prevención del Delito y Relaciones con la Comunidad, dependiente
del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad diseñar y promover un ámbito de
colaboración y participación entre las Comunas y los Ciudadanos, por medio de Foros,
Consejos, Asambleas y otros ámbitos de participación ciudadana, en lo concerniente a
la formulación de políticas de seguridad";
Que por lo expuesto resulta necesario aprobar la reglamentación de la Ley N° 4.007.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
el Anexo I que a todo efecto forma parte integrante del presente Decreto.
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