Decreto N° 708/08

FirmantesMacri-Piccardo-Grindetti-Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición17 de Junio de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 708/ 08

SE EXCEPTÚA AL ENTE DE HIGIENE URBANA DE LO DISPUESTO EN EL DECRETO 1202-05 - RECONOCIMIENTO DE UNIDADES RETRIBUTIVAS POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS - URSES - MODÚLOS - CUMPLIDOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BARRIDO Y-O RECOLECCIÓN DE RESIDUOS - SERVICIO DE LIMPIEZA EXTRAORDINARIO EN LA ZONA V

Buenos Aires, 17/06/2008

Visto el Expediente N° 31.269/08, y;

CONSIDERANDO:

Que los presentes actuados se inician mediante nota elevada por el Ente de Higiene Urbana, en la cual se plantea la necesidad de implementar un servicio de limpieza extraordinario en la Zona V de esta Ciudad, a fin de ampliar el cronograma de trabajo a los días feriados;

Que tal requerimiento se efectúa en el marco de la política de gobierno tendiente a optimizar el barrido y recolección de residuos, comprendiendo las cinco (5) zonas de la Ciudad;

Que en atención a la alta densidad poblacional verificada en esta Ciudad, evitar la acumulación de residuos en calles y veredas, constituye un objetivo de primordial relevancia para la protección de la salud de la población, del medio ambiente, como así también para la preservación de la calidad visual del espacio público;

Que dado que la prestación de estas tareas implica por parte del personal del Ente de Higiene Urbana extender sus jornadas normales de labor, en aras del cumplimiento de un servicio a la comunidad, resulta necesario implementar en el ámbito del Ente de Higiene Urbana, un régimen especial para contemplar la prestación de estos servicios extraordinarios;

Que el artículo 9° inciso n) de la Ley N° 471 (B.O.C.B.A N° 1.026) reconoce a los trabajadores de la Ciudad el derecho a la percepción de servicios extraordinarios en el caso y en las condiciones que determine la reglamentación respectiva;

Que por Decreto 1202/05 (B.O.C.B.A N° 2.259) se aprueba la normativa que establece el régimen al que se sujetan las prestaciones que deben ser cumplidas por los agentes de este Gobierno, fuera de sus jornadas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR