Decreto N° 39 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición23 de Enero de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 59
CORDOBA, (R.A.), MARTES 28 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Técnicos, Profesionales y de Terceros N.C., del P.V., y Pesos Novecien-
tos Ochenta y Tres Mil Ochocientos Setenta y Cinco con Veinte Centavos
($ 983.875,20) a Importe Futuro, a los programas y partidas que los res-
pectivos presupuestos autoricen, conforme lo indica el Documento Conta-
ble-Nota de Pedido N° 2017/000016.
Artículo 6º: El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas y Fiscal de Estado y rmado por la señora Secretaria
General de la Gobernación.
Artículo 7º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO
E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS - CRA. SILVINA RIVERO, SECRETARIA
GENERAL DE LA GOBERNACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE
ESTADO
Anexo: https://goo.gl/bP99TF
Decreto N° 39
Córdoba, 23 de enero de 2017
VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 50 de fecha 19 de enero
de 2017, por el que se prorroga el Decreto Nacional N° 228/2016;.
Y CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia de Córdoba, mediante Decreto N° 18,
de fecha 22 de enero de 2016, adhirió a la Declaración de Emergencia de
Seguridad Pública dispuesta por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional
N° 228/2016.
Que la declaración de emergencia en la materia dispuesta por las
autoridades federales, resulta un instrumento adecuado para afrontar la
situación de peligro colectivo creada por el delito complejo y el crimen or-
ganizado en todo el territorio de la República, en cuyo mérito se propicia la
adhesión de la Provincia de Córdoba.
Que en tal sentido se han puesto en marcha distintos operativos; se
han establecido las bases para elevar los niveles de formación de las fuer-
zas federales; se han generado Políticas de Estado en materia de Seguri-
dad, a través de la participación de las provincias.
Que asimismo, la seguridad pública constituye uno de los pilares fun-
damentales del Estado, y su aanzamiento y consolidación es una de las
metas y objetivos principales de las políticas que lleven adelante los go-
biernos locales y federal.
Que nalmente los esfuerzos realizados y los éxitos obtenidos hacen
imprescindible prorrogar la adhesión de la Provincia de Córdoba a la De-
claración de Emergencia de Seguridad Pública dispuesta por Decreto N°
18/16 por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días contados a
partir de la fecha su vencimiento.
Por ello, las normas citadas, lo dispuesto por el artículo 19; inciso 1°
de la Constitución Provincial y en uso de las facultades conferidas por el
artículo 144, inciso 1° de dicha Ley Fundamental;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1°.- DISPÓNESE, la prórroga de la vigencia del Decreto N° 18
de fecha 22 de enero de 2016, por el cual la Provincia de Córdoba adhirió
a la Declaración de Emergencia de Seguridad Pública, dispuesta por De-
creto del Poder Ejecutivo Nacional N° 228 del 21 de enero de 2016, el que
fuera, a su vez, prorrogado por Decreto Nacional N° 50 del 19 de enero de
2017, por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días.
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, remítase a la Legislatura Provincial para su raticación y archí-
vese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO
DE GOBIERNO / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 06 de marzo de 2017
VISTO: El expediente Nº 0039-058095/2015 del registro de la Contaduría
General de la Provincia del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones tratan sobre la situación de herencia
vacante existente respecto de los bienes quedados al fallecimiento de la
señora María Ipolitof, suceso acaecido el día 14 de noviembre de 2014.
Que la Doctora María Alejandra Assadourian, en su carácter de Aseso-
ra Letrada Titular en la Sede Judicial de Alta Gracia, comunica la vacancia
de la herencia de la señora Ipolitof, luego de su fallecimiento, haciéndolo
en el marco del proceso judicial en que interviene caratulado: “Ipolitof Ma-
ría – Declaración de Incapacidad – Expte. 739843”, tramitado por ante el
Juzgado de Primera Instancia y Segunda Nominación en lo Civil, Comer-
cial, de Conciliación y Familia de la Ciudad de Alta Gracia, Secretaría N° 4.
Que el acervo hereditario consiste en un inmueble ubicado en calle
Roldán N° 320 de la ciudad de Alta Gracia, Pedanía Alta Gracia, Depar-
tamento Santa María de esta Provincia, inscripto a la Matrícula 747576
(31), Cuenta N° 3106-0173448/5, Nomenclatura Catastral 31-06-01-01-01-
134-027; diversos bienes muebles que se encuentran en el interior de la
propiedad y un Plazo Fijo Certicado N° 69244 en el Banco Nación Argen-
tina, Sucursal Alta Gracia, constituido el día 12 de noviembre de 2013 por
$ 28.066,93.
Que se acompaña Informes Nros. 14-046/15, 14-052/15 y 14-061/15
de Contaduría General de la Provincia e Informe Judicial N° 2335/16 del
Registro General de la Provincia.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto por Ley Nº 3037 y el De-
creto Nº 25387/42 Serie B, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Le-
gales del Ministerio de Finanzas al Nº 887/16, por Fiscalía de Estado bajo
Nº 43/17 y en uso de atribuciones constitucionales;

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