Decreto N° 360 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 3 de Julio de 2017 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 15 de Marzo de 2017 |
JUEVES 6 DE ABRIL DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 66
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 360
Córdoba, 15 de marzo de 2017.-
VISTO: El Expediente N° 0622-129730/2016 del registro de la Dirección
General de Educación Técnica y Formación Profesional del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la designación, con
carácter titular, del personal docente que resultó adjudicatario de cargos
vacantes de Inspector de Enseñanza Media, Especial y Superior de la Di-
rección General de Educación Técnica y Formación Profesional, en los tér-
minos de la convocatoria de concurso de títulos, antecedentes y oposición,
dispuesta por Resoluciones Nros. 353/2016, 354/2016 y 355/2016 de la
citada Dirección.
Que de conformidad a lo dispuesto por los artículos 6, 7, correlati-
vos y concordantes de la Ley N° 10.237 y su Decreto Reglamentario N°
930/2015, mediante las Resoluciones Nros. 331/2016 y 469/2016, ambas
de la Secretaría de Educación del ministerio actuante, fueron designados
los miembros del Tribunal del Concurso.
Que lucen incor poradas en autos Actas elaboradas por el aludido Tri-
bunal, que certican el efectivo desarrollo de las distintas etapas concur-
sales; asimismo, se incorpora la Planilla General de Aprobados la que fue
publicada en el Boletín Ocial de la Provincia de Córdoba.
Que la Comisión Permanente de Concursos Docentes ha tomado la
intervención de su competencia y eleva informe con la nómina de los do-
centes que resultaron adjudicatarios de los cargos concursados; a su vez,
deja constancia de que no se han presentado objeciones al procedimiento
llevado a cabo.
Que obran incorporados formularios de ofrecimiento de cobertura, me-
diante los cuales se notica a los participantes que resultaron ganadores,
quienes aceptan la eventual designación oportunamente.
Que habiéndose sustanciado el concurso de conformidad a lo dispues-
to por la Ley N° 10.237 y su Decreto Reglamentario N° 930/2015, y reu-
niendo los aspirantes los requisitos legales y reglamentarios exigidos para
los cargos propuestos, corresponde su designación como Inspectores de
Enseñanza Media, Especial y Superior de las Inspecciones que en cada
caso se consignan, dependientes de la Dirección General de Educación
Técnica y Formación Profesional del Ministerio de Educación.
Que el Depar tamento de Asuntos Legales de la Dirección General de
Educación Técnica y Formación Profesional y la Dirección de Coordinación
de Asuntos Legales de la jurisdicción de origen se pronuncian mediantes
Dictámenes Nros. 782/2016 y 3049/2016, respectivamente, en sentido fa-
vorable a lo propiciado.
Que se acompaña la imputación presupuestaria per tinente a los nes
de atender la gestión de marras.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por el
artículo 18 de la Ley N° 8575 y por el artículo 11 de la Ley N° 10.237, lo
dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N° 131/2017 y en ejercicio de
atribuciones conferidas por el artículo 144, inciso 10 de la Constitución
Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º: CONVALÍDASE lo actuado por la Dirección General de
Educación Técnica y Formación Profesional del Ministerio de Educación,
a través de sus Resoluciones Nros. 353/2016, 354/2016 y 355/2016 y, en
consecuencia, DESÍGNASE por concurso de títulos, antecedentes y opo-
sición a partir de la fecha del presente Decreto y con carácter titular, al
personal docente que se nomina en el Anexo I, el que compuesto de una
(1) foja útil se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento
legal, en los cargos vacantes de Inspector de Enseñanza Media, Especial y
Superior de las Inspecciones que en cada caso se consignan, dependien-
tes de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional
del Ministerio de Educación, quienes deberán adecuar sus situaciones de
revista al Régimen de Incompatibilidades vigente.
Artículo 2º: IMPÚTASE el egreso que implique el cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo precedente a Jurisdicción 1.35, Programa 365, Par-
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 360 ................................................................... Pag. 1
Decreto N° 416 ................................................................... Pag. 2
MINISTERIO DE TRABAJO
Resolucion N° 35 ................................................................ Pag. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolucion N° 83 ................................................................ Pag. 3
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COORDINACION OPERATIVA
Resolucion N° 17 .............................................................. Pag. 3
Resolucion N° 16 .............................................................. Pag. 4
Resolucion N° 15 .............................................................. Pag. 5
Resolucion N° 14 .............................................................. Pag. 5
Resolucion N° 13 .............................................................. Pag. 6
Resolucion N° 12 .............................................................. Pag. 6
Resolucion N° 3 ................................................................ Pag. 7
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