Decreto N° 347

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición18 de Abril de 2016

DECRETO N° 347

Mendoza, 18 de abril de 2016

Visto el expediente 3688-D-15-77770, en el cual se solicita la ratificación de la Addenda al Convenio Marco de Participación en el Programa de Desarrollo de Seguros Públicos Provinciales de Salud, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el Sr. ex Ministro de Salud, Dr. Daniel Gustavo Gollan y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. ex Gobernador Dr. Francisco Pérez, con el objeto de incorporar hombres de 20 a 64 años como población objetivo del Programa Sumar, y

CONSIDERANDO:

Que el Programa Sumar, es una política federal de desarrollo de Seguros Públicos de Salud para la población con cobertura del sector público, cuyo objetivo es explicitar y garantizar el acceso a un conjunto de prestaciones y cuidados de salud priorizados a través del Plan de Servicios de Salud del Programa.

Que el Programa busca promover el ejercicio efectivo del derecho a la salud de la población en el territorio nacional, incluido en tratados internacionales suscriptos por el Estado Argentino y que revisten jerarquía constitucional.

Que desde su inicio el Programa ha definido una estrategia de desarrollo y expansión gradual y secuenciada respecto a su alcance territorial, poblacional y prestacional.

Que a partir del año 2010 el Programa Sumar extendió su cobertura hacia la atención de las Cardiopatías Congénitas, para luego ampliar la misma hacia la atención Perinatal de Alta Complejidad (mayo 2012).

Que en agosto de 2012 su cobertura se extendió hacia nuevos grupos poblacionales, incluyendo niños y niñas de 6 a 9 años, adolescentes de 10 a 19 años y mujeres de 20 a 64 años de edad.

Que un aspecto distintivo e innovador del Programa Sumar lo representa su "modelo de financiamiento basado en resultados" nominados, auditados y con metas de salud crecientes, que promueve un cambio cultural en la visión y gestión de la salud, priorizando la estrategia de la Atención Primaria de la Salud (APS), la eficacia del sistema y la utilización efectiva de los servicios de salud por parte de la población.

Que el Decreto N° 2071/12, mediante la cual se creó el Programa de Desarrollo de Seguros Públicos Provinciales de Salud (Plan Sumar), prevé expresamente la posibilidad de incorporación de nuevos grupos poblacionales a la cobertura del mismo.

Que en el marco de la estrategia de institucionalización del Programa Sumar resulta relevante destacar que actualmente la Provincia se encuentra cofinanciando con recursos locales el modelo de gestión y cobertura explícita implementado a partir del Programa, a través del financiamiento de las transferencias capitadas y los recursos humanos que integran la Unidad de Gestión del Seguro Provincial (UGSP).

Que en virtud de las razones expuestas el ex Gobernador de la Provincia ha suscripto la Addenda al Convenio Marco de Participación en el Programa de Desarrollo de Seguros Públicos Provinciales de Salud y por la cual se extiende su cobertura, a los efectos de la inclusión del hombre adulto desde los 20 a los 64 años de edad inclusive dentro de su población objetivo, sin que ello signifique alterar el espíritu de la Ley N° 7314 de Responsabilidad Fiscal y sus modificatorias.

Que resulta relevante destacar que la ampliación al nuevo grupo etario, no significa mayor costo fiscal para el erario provincial, representando, sobre el total de la cápita de toda la Población Objetivo del Programa Sumar, el mismo aporte por cofinanciamiento para el año fiscal 2016, en virtud de la reducción del porcentaje por este concepto del 30% al 15%, según lo dispone la Addenda al Convenio Marco.

Por ello, en razón del pedido formulado y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes.

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Ratifíquese la Addenda al Convenio Marco de Participación en el Programa de Desarrollo de Seguros Públicos Provinciales de Salud, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el ex Ministro de Salud, Dr. Daniel Gustavo Gollan y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el ex Gobernador Dr. Francisco Pérez, con el objeto de incorporar hombres de 20 a 64 años como población objetivo del Programa Sumar, el que en fotocopia autenticada como Anexo forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2°

Autorícese a los Servicios Administrativos que correspondan, a imputar, liquidar y abonar, en ejercicios futuros, la parte del cofinanciamiento a cargo de la Provincia de Mendoza establecido en...

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