Decreto N° 150/07

FirmantesTelerman-Cerruti-Beros
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Enero de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 150/ 07

SE CREA UN SUBSIDIO ESPECIAL DESTINADO A ASISTIR A LAS VÍCTIMAS DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 - CROMAGNON - CROMAÑÓN - FAMILIARES - SOBREVIVIENTES - BENEFICIARIOS

Buenos Aires, 22/01/2007

Visto los Decretos Nros. 692/05, 1.859/05, 451/06, 1.915/06 y el Expediente N° 87.658/06, y

CONSIDERANDO:

Que por los decretos mencionados en el visto fueron aprobados distintos subsidios tendientes a paliar diversas situaciones de vulnerabilidad de las familias de los fallecidos y de los sobrevivientes de la tragedia ocurrida el 30 de diciembre de 2004 en el local de baile República de Cromañon;

Que dicho acontecimiento constituye una tragedia inédita en la Cuidad Autónoma de Buenos Aires, atento la cantidad de personas afectadas y el impacto social que el mismo ha producido, por tratarse de un hecho sin precedentes y de carácter colectivo;

Que este Gobierno ha procurado asistir a los familiares de las víctimas fatales y a los sobrevivientes de la tragedia, que se encuentren en situación de vulnerabilidad, entendida tal situación como el desequilibrio e indefensión experimentados por los individuos afectados en sus condiciones de vida como consecuencia del impacto provocado por ese evento traumático y que les ha impedido continuar o retomar sus tareas habituales;

Que la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, entiende que tal situación persiste manifestándose principalmente en las dificultades para insertarse en el mercado laboral o afrontar las dificultades propias del cuadro de indefensión en el que se encuentran;

Que tales condiciones son razón suficiente para que el Poder Ejecutivo determine la creación de un subsidio al efecto en mérito a principios de solidaridad social que corresponde atender;

Que la Procuración General ha tomado la intervención que le compete en el marco de la Ley N° 1.218;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Créase un subsidio especial destinado a las víctimas del 30 de diciembre de 2004, que sera efectivizado con la partida presupuestaria correspondiente al Ejercicio...

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