Decreto N 598/GCABA/11

FirmantesMoscariello - Schillagi
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N 598/GCABA/11SE VETA EL PROYECTO DE LEY N° 3958

Buenos Aires, 30 de noviembre de 2011

DECRETO N.° 598/11

Buenos Aires, 30 de noviembre de 2011

VISTO:

El Proyecto de Ley N° 3.958, la Ley de Ministerios N° 2.506 y el Expediente N° 2.058.080/11, y

CONSIDERANDO:

Que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su sesión de fecha 3 de noviembre de 2011 sancionó el proyecto de Ley citado en el Visto, por el cual se establece en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires un área específica dedicada a la atención de la problemática del consumidor sobreendeudado a cargo de agentes capacitados para tal fin, que funcionará en la Dirección General de Protección y Defensa del Consumidor;

Que el artículo 3° del proyecto de Ley bajo análisis establece los objetivos del Área del Consumidor Sobreendeudado (sic), tales como brindar "asesoramiento jurídico y práctico a través de capacitación sobre la elaboración de planes y/o estrategias de presupuesto y manejo de las finanzas familiares, análisis de ofertas de créditos, evaluación de su capacidad crediticia y de endeudamiento", "convocar a los proveedores de servicios financieros así como a cualquier entidad y/o persona física que se dedique a la actividad crediticia, al efecto de acordar acciones referidas a atender y dar solución a la problemática del sobreendeudamiento del consumidor", "publicar de manera periódica los requisitos, condiciones y cláusulas de los contratos que ofrecen los proveedores de servicios financieros, conforme la normativa vigente aplicable a estos casos, destacando aquellos que ofrezcan las mejores condiciones crediticias" y "efectuar un seguimiento sobre la aplicación de las tasas de interés, cargos y conceptos aplicados en los créditos al consumo, respecto de los distintos proveedores de servicios financieros", entre otros;

Que el artículo 4° faculta a la Dirección General de Defensa y Protección del...

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