Decreto N° 1604/06

FirmantesTelerman-De Micheli-Nielsen
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 3 de Octubre de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1604/ 06

APRUEBA ACTA ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD Y SERVICIOS INTEGRALES DE ALIMENTACIÓN SA - PROVISIÓN DEL SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS EN LOS HOSPITALES SANTOJANNI Y PENNA, HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO BORDA, HOSPITAL INFANTO JUVENIL TOBAR GARCÍA Y HOSPITAL DE REHABILITACIÓN ROCCA

Buenos Aires, 03/10/2006

Visto el Decreto N° 1.368/04 (B.O.C.B.A. N° 1995), la Resolución N° 1.201-SS-SHyF/05 (B.O.C.B.A. N° 2225) y el Expediente N° 59.275/05, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1.368/04 (B.O.C.B.A. N° 1995), el Sr. Jefe de Gobierno aprobó el pliego de bases y condiciones elaborado por la comisión de estudios de pliegos y condiciones especiales a regir en la contratación del servicio de elaboración y distribución de comidas, destinado a población hospitalaria y personal autorizado de Hospitales y Centros de Salud y Acción Comunitaria dependientes del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y autorizó a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectuar el pertinente llamado a licitación pública;

Que por Resolución N° 1.201-SS-SHyF/05 se aprobó la Licitación Pública N° 131/04 adjudicando el servicio en cuestión;

Que la empresa Servicios Integrales de Alimentación S.A. resultó adjudicataria de la provisión del servicio de elaboración y distribución de comidas en los Hospitales Generales de Agudos Donación Francisco Santojanni y José María Penna, Hospital Neuropsiquiátrico Dr. José Tiburcio Borda, Hospital Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García y Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca, dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Expediente N° 59.275/05 tramita el procedimiento de reconocimiento de readecuación de precios del servicio solicitado por la firma Servicios Integrales de Alimentación S.A., mediante reclamos que obran a fojas 1 a 18 y 25 a 43 del mencionado expediente;

Que atento lo estipulado en el artículo 91 del pliego de bases y condiciones -cláusulas particulares-, la empresa prestataria solicita la revisión de precios ante la existencia de distorsiones económicas operadas desde la consolidación del precio tope a la fecha de los reclamos;

Que se conformó la Comisión de Evaluación integrada por representantes del Ministerio de Salud y del Ministerio de Hacienda de acuerdo a lo estipulado en el artículo 91...

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