Decreto N° 2/06

FirmantesTelerman - Fernández
Jefe de GobiernoJorge Telerman (a Cargo)
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 4 de Enero de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 2/ 06

REVOCA MANDATOS - REVOCACIÓN - MANDATARIOS JUDICIALES - PABLO MANRIQUE - ARNALDO FIOCCA - NORBERTO MASANTE - LAURA FANDIÑO BLANCO - JORGE YOUTCHAK - CRISTINA PÉREZ - GESTIÓN DE COBRO DE DEUDAS - BAJA - CESE

Buenos Aires, 04/01/2006

Visto el Decreto N° 42/02 (B.O.C.B.A. N° 1364) y el Expediente N° 76.410/05, y

CONSIDERANDO:

Que por el decreto citado en el visto se ha reglado la designación y el desempeño de los mandatarios a quienes se encomienda la gestión de cobro de la deuda fiscal en mora y de los certificados de deuda emitidos por los Controladores de la Unidad Administrativa de Control de Faltas;

Que la actividad de los mandatarios se rige en sus relaciones con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme las normas que para el contrato de mandato establece el Código Civil, en todo cuanto no se oponga a las normas que regulan la organización administrativa;

Que el Código Civil en su artículo 1.963, inciso 1) dispone que el mandato concluye con la revocación del mandante, estableciendo a su vez el artículo 1.970 del mismo cuerpo normativo, que el mandante puede revocar el mandato siempre que quiera;

Que por los Decretos N° 631/97 (B.O.C.B.A. N° 217) y N° 1.574/97 (B.O.C.B.A. N° 322) se confirió mandato a los Dres. Cristina Nélida Pérez y Jorge Isaac Youtchak, por el primer acto administrativo citado, y a los Dres. Pablo Guillermo Manrique, Arnaldo Fernando Fiocca, Norberto Edgardo Masante y Laura Beatriz Fandiño Blanco, por el segundo;

Que el área competente de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha efectuado una auditoría integral de las carteras de juicios encomendadas a los mandatarios individualizados anteriormente, de cuyas constataciones surge que el desempeño de los mismos no ha sido satisfactorio a los efectos propuestos al conferírseles mandato;

Que por tales razones la Dirección General de Control Interno de la Procuración General estima procedente proponer la revocación de los mandatos de los profesionales referidos;

Que resulta de los actuados que se ha requerido a los mandatarios la oportuna rendición de cuentas por lo que corresponde requerir que, junto con ella, efectúen la devolución de las carpetas y demás documental que les fuera entregada a los fines de su labor;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma...

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