Decreto N° 1787/05
Firmantes | Telerman (A/C) - Perazza - Albamonte - Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 29 de Noviembre de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1787/ 05
APRUEBA LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES Y LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA DOCENTES Y DE ACCIDENTES PERSONALES PARA ALUMNOS - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Buenos Aires, 29/11/2005
Visto el Decreto N° 5.720-PEN/72, reglamentario del art. 61 del Decreto-Ley N° 23.354/56 y sus decretos modificatorios, vigentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en base a lo dispuesto por la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70 (B.O.C.B.A. N° 539) y su Decreto Reglamentario N° 1.000/99 (B.O.C.B.A. N° 704), el Decreto N° 6/03 (B.O.C.B.A. N° 366), el Decreto N° 386/75 (B.M. N° 14.955), modificado por los Decretos Nros. 4.968/76 (B.M. N° 15.385) y 351/01 (B.O.C.B.A. N° 1166), el art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Expediente N° 23.184/05, y;
CONSIDERANDO:
Que, por la citada actuación tramita la contratación de un seguro de responsabilidad civil para docentes y de accidentes personales para alumnos con destino a la Secretaría de Educación;
Que, dada la naturaleza del servicio que se propicia, resulta necesario establecer cláusulas no contempladas en el reglamento de contrataciones del estado, e instrumentar un régimen especial de penalidades que permitan resolver los eventuales incumplimientos contractuales;
Que, el inciso 128 del Decreto N° 5.720-PEN/72 y modificatorios, prevé las circunstancias mencionadas en el considerando precedente;
Que, por Decreto N° 386/75, modificado por los Decretos Nros. 4.968/76 y 351/01 (B.O.C.B.A. N° 1166), se reglamenta el procedimiento de aprobación de pliegos de características especiales;
Que, la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas ha elaborado el pertinente proyecto de instrumento licitario;
Que, se ha incluido la previsión crediticia necesaria para el ejercicio 2006;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde atento los términos de la Ley N° 1.218 (B.O. N° 1850);
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el inciso 128 del Decreto N° 5.720-PEN/72, reglamentario del art. 61 del Decreto-Ley N° 23.354/56, y las facultades legales que le son propias, art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
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