Decreto N° 1466/05

FirmantesIbarra - Feletti - Albamonte - Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1466/ 05

APRUEBA LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 630-05 - DE LA OBRA - PLAZOLETAS LATERALES, AVENIDA 9 DE JULIO ENTRE AVENIDA CÓRDOBA Y AVENIDA BELGRANO - ADJUDICA A LA FIRMA SALVATORI S.A. DE PARQUES Y JARDINES

Buenos Aires, 26/09/2005

Visto el Expediente N° 81.286/04, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución N° 571-SIyP/05, recaída en el precitado expediente se aprobaron los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y de especificaciones técnicas para la contratación de la obra: Plazoletas Laterales, avenida 9 de Julio entre avenida Córdoba y avenida Belgrano, cuya ejecución es propiciada por la Dirección General de Desarrollo Urbano;

Que en cumplimiento del Decreto N° 1.825/97 (B.O.C.B.A. N° 355), se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;

Que mediante la citada Resolución N° 571-SIyP/05, se aprobaron los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y de especificaciones técnicas y se dispuso el llamado a Licitación Pública N° 630/05, para el día 22 de junio de 2005, a las 13 horas, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064;

Que se ha efectuado la comunicación de estilo a la Cámara Argentina de la Construcción y se han cursado las invitaciones de estilo;

Que tal como luce en el Acta de Apertura N° 69-SIyP/05 de la Licitación Pública N° 630/05 para el Sobre N° 1, se recibieron las propuestas de las firmas: Salvatori S.A. de Parques y Jardines; Vezzato S.A.C.I.A.F.I. y Naku Construcciones S.R.L.- Eduardo Caramian S.A.C.I.C.I.F.yA. (UTE);

Que la Comisión de Preselección habiendo realizado el estudio de la documentación presentada en el Sobre N° 1 y requerido aclaraciones a las empresas oferentes, confeccionó el acta de preselección del día 18 de julio de 2005 en la cual declara a las ofertas de las firmas Vezzato S.A.C.I.A.F.I. y Naku Construcciones S.R.L. - Eduardo Caramian S.A.C.I.C.I.F.yA. - U.T.E., como no aptas para continuar con el proceso licitatorio y a la oferta de la firma Salvatori S.A. de Parques y Jardines, como apta para la apertura del Sobre N° 2;

Que luego de haber notificado a las empresas participantes, no se produjeron impugnaciones a la preselección;

Que por Resolución N° 892-SIyP/05, se autorizó la apertura del Sobre N° 2 de la empresa Salvatori S.A. de Parques y...

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