Decreto N° 816/04

FirmantesIbarra-Stern-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición30 de Abril de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 816/ 04

OTORGA AL PERSONAL COMPRENDIDO EN LA CARRERA DE PROFESIONALES DE LA DE SALUD DEL GOBIERNO DE A CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES UN ANTICIPO ADICIONAL POR READECUACIÓN DE CATEGORÍA Y UN ADICIONAL POR CERTIFICADO O TÍTULO O NOMBRAMIENTO EFECTIVO EN CARGO DE ESPECIALISTA, EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA - OTORGAMIENTO DE AUMENTO DE SALARIOS - RECOMPOSICIÓN SALARIAL - ADICIONALES REMUNERATIVOS - ADICIONALES NO REMUNERATIVOS - COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL - PROFESIONALES ESPECIALISTAS

Buenos Aires, 30/04/2004

Visto, el Expediente N° 24.059/2004, y

CONSIDERANDO:

Que la política salarial del personal de la administración central es una de las atribuciones del Jefe de Gobierno como responsable máximo de la Administración;

Que es voluntad del Poder Ejecutivo poner en funciones un sistema de carrera para todo el personal del Gobierno de la Ciudad que valorice el desempeño de los agentes y promueva la equidad entre los distintos sectores, en base al reconocimiento del desarrollo de competencias en las tareas asignadas;

Que el Poder Ejecutivo ya se encuentra abocado a la elaboración de una nueva carrera administrativa, que conforme los preceptos establecidos en la Ley N° 471, se organiza por especialidad y se ordena internamente de acuerdo con la complejidad, responsabilidad y requisitos de capacitación propios de las funciones respectivas;

Que, en idéntico sentido, corresponde iniciar un proceso de actualización de la Carrera de Profesionales de la Salud, aprobada por Ordenanza N° 41.455, que también en su ordenamiento contemple la complejidad, responsabilidad y capacitación necesarios para el ejercicio de las funciones de los distintos profesionales en el ámbito de la Secretaría de Salud;

Que, atento la particular complejidad y criticidad de las funciones desempeñadas por los equipos profesionales de Salud, y la readecuación de las categorías en el marco de lo que establezca la citada actualización una vez que sea aprobada, el Poder Ejecutivo dispone otorgar un adicional a todo el personal que revista en la Carrera de Profesionales de la Salud, de carácter remunerativo; transitorio y mensual, diferenciado según los niveles escalafonarios actuales;

Que asimismo, las competencias requeridas para un adecuado funcionamiento del sistema de salud exigen de sus profesionales una...

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