Decreto N° 113/04

FirmantesIbarra-López-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Febrero de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 113/ 04

DISPONE QUE LA SRA. ANA E. SUÁREZ DE MAZZA PERCIBIRÁ EL 50% DEL SUBSIDIO AL QUE SE HIZO ACREEDOR EL SR. HORACIO B. MAZZA, PREMIADO EN LA CATEGORÍA PINTURA DEL SALÓN MANUEL BELGRANO - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - SUBSIDIO MENSUAL Y VITALICIO - CÓNYUGE SUPÉRSTITE - ESPOSA - ARTISTA PREMIADO

Buenos Aires, 06/02/2004

Visto el Expediente N° 63.306/03, y

CONSIDERANDO:

Que mediante dicha actuación la señora Ana Etelvina Suárez de Mazza solicita la percepción del subsidio que acuerda la Ordenanza N° 44.370 (B.M. N° 18.839), en su calidad de cónyuge supérstite del artista Horacio Blas Mazza;

Que el mencionado artista fue premiado en la categoría Pintura del Salón Manuel Belgrano (Decreto N° 11.984/63), razón por la cual se hizo acreedor al subsidio mensual y vitalicio acordado por Ordenanza N° 33.340 (B.M. N° 15.449) derogada por Ordenanza N° 44.370, del cual gozó hasta la fecha de su fallecimiento (8/9/03);

Que mediante Ordenanza N° 47.396 se modificó el artículo 3° de la Ordenanza N° 44.370, incluyendo como beneficiarios del subsidio, en caso de fallecimiento del titular, a los cónyuges supérstites y/o concubino/a que acrediten una convivencia pacífica anterior de por lo menos cinco (5) años;

Que de acuerdo a las constancias obrantes en los presentes actuados, se acreditan los derechos de la beneficiaria mediante fotocopias certificadas del Documento Nacional de Identidad, Acta de Defunción de su cónyuge y Acta de Matrimonio celebrado en la Ciudad de Nueva York, constando la certificación del Consulado General de la República Argentina;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires a fojas 10 y vta. dictamina procedente emitir el acto administrativo que disponga abonar a la peticionante la asignación correspondiente;

Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD...

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