Decreto N° 1472/02

FirmantesIbarra-Giudici-Pesce-Fernandez
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición30 de Octubre de 2002

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

TAREAS DE DEMOLICIÓN - OBRAS ANTIREGLAMENTARIAS

DECRETO N° 1472/ 02

SE ENCOMIENDA LA DEMOLICIÓN DE OBRAS ANTIRREGLAMENTARIAS EXISTENTES EN EL INMUEBLE DE LA AV. INDEPENDENCIA 4101/05

Buenos Aires, 30/10/2002

Visto el Expediente N° 57.250/98 relacionado con la finca sita en la Avenida Independencia 4101/05, y

CONSIDERANDO:

Que se ejecutaron obras sin permiso en la finca;

Que la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, mediante Disposición N° 1.483/DGFOC/99, procedió a intimar al propietario del inmueble mencionado para que regularice la situación del mismo, bajo apercibimiento de aplicarle las penalidades dispuestas en el Artículo 2.4.3.2 Aplicación de Multas A.D. 630.16 del Código de la Edificación, como así también, en su defecto de proceder a la ejecución de las tareas por administración y a su costa, sin perjuicio de la aplicación de multas periódicas cada treinta (30) días hasta que se materialicen las mismas, conforme lo establecido en el Artículo 2.2.5.2 Demolición o regularización de obras en contravención - Trabajos de emergencia A.D.630.14 del citado Código;

Que se notificó fehacientemente al interesado por cédula de notificación que obra a fs. 52 de las actuaciones de referencia;

Que no obstante el tiempo transcurrido no se dio cumplimiento a lo intimado, resultando infructuosos los procedimientos adoptados hasta el momento;

Que es un deber imperativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el velar por la seguridad y estética pública, encontrándose las mismas afectadas en el presente, atento a la existencia de obras antirreglamentarias;

Que para el supuesto que no se permitiera el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad a la finca precedentemente indicada a efectos de ejecutar las tareas intimadas, corresponde dar intervención a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que solicite se disponga en sede judicial el allanamiento de la misma para poder llevar a cabo los trabajos que por el presente Decreto se ordenan;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Encomiéndase a la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro para que juntamente con la Dirección General Guardia...

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