Decreto N° 324

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición21 de Abril de 2015
CÓRDOBA, 26 de Junio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 119 Primera Sección 5
la firma SADIC S.A., mediante Decreto N° 701/
2013, aprobándose mediante Decretos Nros.
490/2014, 762/2014 y 1312/14 las Actas Acuerdo
de Redeterminación de Precios por
Reconocimiento de la primera a cuarta Variación
de Costos.
Que luce incorporada documentación
presentada por la contratista fundamentando su
pedido.
Que la División Certificaciones de la Dirección
General de Arquitectura informa que se ha
confeccionado certificado de pago a cuenta por
el 10% a favor de la contratista.
Que la Sección de Estudio de Costos de la
citada Dirección General, informa que se han
verificado nueva variación del 7,32% en el mes
de agosto 2014, ello resulta en un monto a imputar
de $171.850,30, importe resultante de aplicar al
monto contractual faltante de ejecutar, deducido
el 10% de Utilidad Invariable y el 10% del
Certificado de Pago a Cuenta, el incremento
citado; así el nuevo presupuesto de obra
redeterminado asciende a la suma de $
6.706.690.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo
por mayores costos, compensaciones, gastos
improductivos o supuestos perjuicios de cualquier
naturaleza en los términos del artículo 16 del
régimen de que se trata.
Que en consecuencia, al darse el supuesto
previsto en el Decreto N° 1231/2010, modificatorio
de su similar N° 1133/2010, lo dispuesto por Fiscalía
de Estado en Circular Nº 001/13 y verificada la
existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección
General de Arquitectura ha considerado
conveniente la redeterminación del precio del
contrato, por lo que suscribió con la contratista el
Acta Acuerdo de Redeterminación de precio por
Reconocimiento de la Quinta Variación de Costos
correspondiente al mes de agosto de 2014.
Que glosa el Documento Contable - Nota de
Pedido N° 2015/000496 que certifica la reserva
presupuestaria para atender la erogación que lo
gestionado implica.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales
citadas, lo prescripto en el artículo 14 del Anexo I
al Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su simi-
lar N° 1133/2010, lo dictaminado por la Dirección
de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio
de Infraestructura con el N° 7/2015, por Fiscalía
de Estado bajo el N° 245/2015 y en uso de sus
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento
de la Quinta Variación de Costos correspondiente
al mes de agosto de 2014, por trabajos faltantes
de ejecutar en la obra: “EJECUCIÓN DE LAS
TAREAS DE REPARACIONES Y REFUNCIO
NALIZACIONES que oportunamente se
determinen para la realización DEL PLAN INTE-
GRAL DE REGULARIZACIÓN EDILICIA DE
ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES, ubicados
en la Ciudad de Córdoba – Año 2013/2014 –
ZONA K – Provincia de Córdoba”, por la suma
total de Pesos Ciento Setenta y Un Mil
Ochocientos Cincuenta con Treinta Centavos ($
171.850,30), suscripta con fecha 14 de
noviembre de 2014, entre el Director General de
Arquitectura, Arquitecto Andrés Eduardo
CAPARRÓZ, por una parte, y el Vicepresidente
de la Empresa SADIC S.A., Ingeniero José
Ricardo DESUMVILA , contratista de la obra, por
la otra, que como Anexo I compuesto de Cuatro
(4) fojas útiles, se acompaña y forma parte
integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que
asciende a la suma total de Pesos Ciento Setenta
y Un Mil Ochocientos Cincuenta con Treinta
Centavos ($ 171.850,30), a Jurisdicción 1.50,
Programa 516-000, Partida 12.06.00.00 del P.V.,
conforme lo indica la Dirección General de
Administración del Ministerio de Infraestructura
en su Documento de Contabilidad (Nota de
Pedido) Nº 2015/000496.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Director
General de Arquitectura a suscribir la enmienda
de contrato por redeterminación de precio,
debiendo la Empresa SADIC S.A., integrar el
importe adicional de la garantía de cumplimiento
de contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención a la Dirección General de
Administración del Ministerio de Infraestructura,
al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,
notifíquese, pase a la Dirección General de
Arquitectura a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRFAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/Nat3Pu
Decreto N° 523
Córdoba, 1 de junio de 2015
En uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°- DESÍGNASE a partir de la fecha
del presente decreto, al Dr. Maximiliano José
Abraham (M.I. N° 25.754.831) Director General
de Asuntos Legales del Ministerio de Gestión
.Pública.
Artículo 2°.-FACÚLTASE al Señor Ministro de
Finanzas a realizar todas las adecuaciones
presupuestarias que se deriven de lo dispuesto
en el presente decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de Finanzas
y Fiscal de Estado.
Artículo 4°.- PROTOCOLICESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 324
Córdoba, 21 de Abril de 2015
VISTO: el Expediente Nº 0047-016024/2011/
R7 del registro del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección
General de Arquitectura, propicia por Resolución
Nº 945/14 rectificada por similar Nº 1148/14, la
aprobación de las Actas Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento
de la cuarta y quinta Variación de Costos y su
rectificatoria correspondientes a los meses de
febrero y mayo de 2014, por trabajos faltantes de
ejecutar en la Obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO
EDIFICIO PARA EL I.P.E.M. Nº 157 ANEXO,
ubicado en calle José Hernández esq. Santa Ana
– LOCALIDAD: SANTA MARÍA
DEPARTAMENTO PUNILLA – PROVINCIA DE
CÓRDOBA”, suscriptas con fechas 12 de junio de
2014, 21 de julio de 2014 y 5 de noviembre de
2014 respectivamente, entre el Director General
de Arquitectura y el Socio Gerente de la Empresa
CERES S.R.L., contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata
encuadra en las previsiones del Decreto Provin-
cial Nº 1231/2010, modificatorio de su similar N°
1133/2010, y lo dispuesto por Resolución Nº 013/
2011 del entonces Ministerio de Obras y Servicios
Públicos, conforme lo previsto en el artículo 21 del
Pliego Particular de Condiciones.
Que obra en autos la documentación presentada
por la contratista fundamentando su pedido.
2012 se adjudicó la obra de referencia a la Empresa
CERES S.R.L., suscribiéndose el día 19 de octubre
de 2012 el contrato correspondiente.
Que mediante Decreto Nº 177/14 se aprobó el
Acta Acuerdo por de Redeterminación de Precio
por Reconocimiento de la tercera Variación de
costos, correspondiente al mes de julio de 2013.
Que habiéndose advertido un error en la
Clausula Segunda del Acta Acuerdo labrada con
fecha 21/07/14 al hacer referencia a las
redeterminaciones de precios suscriptas con
anterioridad, toda vez que se señaló que
contaba la presente obra con tres (3) Actas de
fechas 05-04-13, 13-06-13 y 10-06-13 cuando
en realidad eran cuatro (4) las Actas Acuerdo
suscriptas con anterioridad a la mencionada,
omitiéndose consignar la que se labró con fecha
12-06-14, se procedió a suscribir Acta
Rectificatoria.
Que la Sección de Estudio de Costos de la
Dirección General de Arquitectura informa que
se ha verificado una variación de precios en
los meses de febrero de 2014 del 8,9066% y
mayo de 2014 del 13,8251%. Ello resulta a
imputar $ 201.723,59 y $ 227.924,45
respectivamente, importes resultantes de aplicar
al monto contractual faltante de ejecutar, deducido
el 10 % de Utilidad Invariable, los incrementos
citados. Así el nuevo presupuesto de la obra
asciende a la suma de $ 12.804.090,89.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo
por mayores costos, compensaciones, gastos
improductivos o supuestos perjuicios de
cualquier naturaleza en los términos del artículo
16 del Anexo al Decreto Nº 1231/10 modificatorio
de su similar 1133/2010.
Que en consecuencia, al darse el supuesto
previsto en el régimen de que se trata y verificada
la existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección
General de Arquitectura ha considerado conveniente
la redeterminación del precio del contrato, por lo que
suscribió con la contratista las Actas Acuerdo de
redeterminación de precio por reconocimiento de la
cuarta y quinta variación de costos correspondiente a
los meses de febrero y mayo del 2014, como así
también su acta rectificatoria.
Que se agrega Documento Contable - Nota de
Pedido N° 2015/000063 que certifica la reserva
presupuestaria para atender
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas le-
gales citadas, lo prescripto por el artículo 14 del Anexo
I al Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar
N° 1133/2010, lo dictaminado por la Dirección de
Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el
N° 72/15, por Fiscalía de Estado bajo el N° 226/2015
y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBANSE las Actas Acuerdo
de Redeterminación de Precio por Reconocimiento
de la cuarta y quinta Variación de Costos y su Acta
Rectificatoria correspon dientes a los meses febrero
y mayo de 2014, por trabajos faltantes de
ejecutar en la Obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO
EDIFICIO PARA EL I.P.E.M. Nº 157 ANEXO,
ubicado en calle José Hernandez esq. Santa
Ana – LOCALIDAD: SANTA MARÍA
DEPARTAMENTO PUNILLA – PROVINCIA DE
CÓRDOBA” , por la suma de Pesos
Cuatrocientos Veintinueve Mil Seiscientos
Cuarenta y Ocho con Cuatro Centavos ($
429.648,04), suscriptas con fechas 12 de junio
de 2014, 21 de julio de 2014 y 5 de noviembre
de 2014 respectivamente, entre el Director Gen-
eral de Arquitectura, Arquitecto Andrés Eduardo
CAPARRÓZ, por una parte, y el Socio Gerente
de la Empresa CERES S.R.L., señor Eduardo
Santiago RAMOS, contratista de la obra, por la
otra, que como Anexos I, II y III, compuestos de
TRES (3),TRES (3) y DOS (2) fojas útiles,
respectivamente, se acompañan y forman parte
integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende
a la suma total de Pesos Cuatrocientos Veintinueve
Mil Seiscientos Cuarenta y Ocho con Cuatro Centavos
($ 429.648,04), a Jurisdicción 1.35, Programa 378-
000, Partida 12.06.00.00 del P.V., conforme lo indica la
Dirección General de Administración del Ministerio
de Educación en su Documento de Contabilidad
(Nota de Pedido) Nº 2015/000063.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Direc-
tor General de Arquitectura a suscribir la
enmienda de contrato por redeterminación de
precio, debiendo la Empresa CERES S.R.L.,
integrar el importe adicional de la garantía de
cumplimiento de contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuní quese,
dese intervención a la Dirección General de
Administración del Ministerio de Educación, al Tribunal
de Cuentas de la Provincia, notifíquese, publíquese en
el Boletín Oficial, pase a la Dirección General de
Arquitectura a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRFAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/9AI2LE

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