Decreto N° 59/98

FirmantesDe La Rua-Rodríguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición10 de Febrero de 1998

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 59/ 98

RATIFICA EL CONVENIO SUSCRIPTO POR EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS Y EL DEPARTAMENTO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DE LA UNIÓN INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. CREA EL "CENTRO DE ATENCIÓN AL EMPRESARIO PYME", CON EL FIN DE SIMPLIFICAR, UNIFICAR, AGILIZAR Y COLABORAR EN LAS DISTINTAS GESTIONES QUE EL EMPRESARIO DEBA EFECTUAR PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES. LA DIRECCCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA DESIGNARÁ UN PROFESIONAL DEDICADO AL CENTRO, DE LA MISMA MANERA LO HARÁ LA UNIÓN INDUSTRIAL.

Buenos Aires, 10/02/1998

Visto el Decreto N° 214/95 y el Expediente N° 74.266/97 por el que la Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo celebró el Convenio con el Departamento de la Pequeña y Mediana Empresa de la Unión Industrial de la Ciudad de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 214/95 se instruye a los Sres. Secretarios del Departamento Ejecutivo y Órganos dependientes, a abstenerse de celebrar convenios "ad referéndum” al señor Intendente Municipal, salvo autorización expresa en contrario;

Que surge la necesidad de exceptuar al presente Convenio de lo establecido en la norma precitada por tener el mismo principio de ejecución;

Que por la referida actuación se ratifica el presente Convenio suscripto por el Sr. Subsecretario de Industria, Comercio y Turismo de la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Departamento de la Pequeña y Mediana Empresa de la Unión Industrial de la Ciudad de Buenos Aires;

Que de la mencionada actuación obra glosada la opinión de la Subsecretaría de la Procuración General respecto al Convenio;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias, Art. N° 101 y Art. N° 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Ratifícase el Convenio suscripto por el Sr. Subsecretario de Industria, Comercio y Turismo de la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Departamento de la Pequeña y Mediana Empresa de la Unión Industrial de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 2°

Exceptúase de los alcances del Decreto 214/95 al presente Convenio.

Art. 3°

El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 4°

Dése al Registro, publíquese en el...

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