Decreto N° 798/96
Firmantes | De La Rúa - Fazio - Rodríguez Giavarini |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 26 de Diciembre de 1996 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 798/ 96
OTORGA A LA CRUZADA ESTUDIANTIL Y PROFESIONAL PARA CRISTO, EL USO DE UN SECTOR JUNTO A LA FUENTE DEL PARQUE CHACABUCO
Buenos Aires, 26/12/1996
Visto el Expediente N° 75.888/96, por el cual la Cruzada Estudiantil y Profesional para Cristo da cuenta de la realización de una cantata con el coro cristiano de la colectividad coreana "Grupo Aleeluya", y
CONSIDERANDO:
Que dicho evento habrá de llevarse a cabo en la ciudad de Buenos Aires los días 7 y 8 de diciembre de 1996, desde las 12 hasta las 23.30;
Que para ello solicita un sector frente a la fuente del Parque Chacabuco;
Que si bien las Ordenanzas Nros. 34.099 (B.M. N° 15.740) y 46.229 (B.M. N° 19.504) establecen restricciones al otorgamiento de permisos de uso en los espacios verdes de uso público perteneciente al dominio público municipal, el carácter del evento a realizar hace pertinente acceder a lo solicitado;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (artículo 104, inciso 24 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Otórgase a la Cruzada Estudiantil y Profesional para Cristo, el uso de un sector junto a la fuente del Parque Chacabuco los días 7 y 8 de diciembre de 1996, desde las 12 hasta las 23.30, para la realización de una cantata con el coro cristiano de la colectividad coreana "Grupo Aleluya".
El citado permiso se encuentra supeditado a que previamente, la entidad organizadora asuma formalmente toda responsabilidad que eventualmente pudiera emerger de hechos que implicaren afectación alguna de los bienes de dominio público municipal. La responsabilidad aludida alcanzará a todos los espacios verdes que hayan sido afectados por los asistentes al evento.
A fin de cumplir con lo dispuesto en el artículo 2°, facúltase a la Dirección General de Espacios Verdes a suscribir con un representante de la entidad solicitante, debidamente acreditado por la misma para obrar en su nombre, el Acta de Compromiso respectiva, en el marco de modelo de Acta Preventiva e Informativa implementada oportunamente al...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba