Decreto N° 3.718

EmisorMin. Infraestructura
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2008

DECRETO N° 3.718

Mendoza, 22 de diciembre de 2008

Vistos el expediente N° 476-M-2007-01282 (Ref/Cambio de Denominación Social Expte. S010099094/06) - Cuerpos I y II y su acumulado N° 593-M-2007-01282, S/Concesión de Explotación del Area CNQ 33 “Loma El Divisadero” del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte, y

CONSIDERANDO:

Que es objetivo del Gobierno Provincial alcanzar la desmonopolización de cada una de las etapas que conforman la industria petrolera.

Que con el dictado de la Ley Nacional N° 26.197 y conforme con lo previsto en Ley N° 7526 de Hidrocarburos, la Provincia asumió en forma plena el dominio originario y la administración sobre los yacimientos de hidrocarburos líquidos y gaseosos situados en su territorio provincial y, por ende, el ejercicio de las facultades como Autoridad Concedente, con arreglo lo previsto en la Ley Nacional 17.319 y en conformidad con el Acuerdo Federal de Hidrocarburos.

Que de acuerdo con el Nuevo Marco Legal, la Provincia es la Autoridad Concedente, incluso de aquellas áreas que, encontrándose en el territorio de la Provincia se hallaban en trámite de otorgamiento del permiso por el Poder Ejecutivo Nacional. En el mismo sentido, la Provincia es la Autoridad de Aplicación para autorizar las cesiones que se realicen tanto durante los permisos de exploración como durante las concesiones de explotación.

Que es de importancia para la Provincia regularizar los trámites de cesiones de permisos de exploración y concesiones de explotación, en las áreas petroleras que se encuentran en el territorio provincial, a los fines de alcanzar paulatinamente la seguridad jurídica en el sector petrolero provincial y determinar el responsable titular de todas las obligaciones técnicas, económicas, ambientales, fiscales y cualquier otra derivada de los permisos de exploración o de las concesiones de explotación.

Que mediante Decreto Nacional N° 1282 de fecha 21 de julio de 1992, el Area CNQ- 33 - “Loma El Divisadero” (el “Área”) ubicada en la Provincia de Mendoza bajo las coordenadas descriptas en el Artículo 2° de este decreto, fue oportunamente adjudicada la Concesión de Explotación, a las Empresas Huayqui Sociedad Anónima de Construcciones, Ingeniería Alpa Sociedad Anónima, Sebastián Maronese e Hijos Sociedad Anónima e Hidraco Sociedad Anónima.

Que a los fines de llevar adelante la explotación, exploración complementaria y el desarrollo de hidrocarburos en el Área, estas sociedades suscribieron con fecha 14 de abril de 1993, un Contrato de Unión Transitoria de Empresas (U.T.E.). A resultas de lo establecido en dicha U.T.E., los respectivos porcentajes quedaron determinados en forma privada en las siguientes proporciones: Huayqui Sociedad Anónima de Construcciones, cuarenta por ciento (40%); Maronese e Hijos Sociedad Anónima, veinticinco por ciento (25%); Hidraco Sociedad Anónima, veinticinco por ciento (25%) e Ingeniería Alpa Sociedad Anónima, diez por ciento (10%).

Que con fecha 13 de junio de 1997, Maronese e Hijos Sociedad Anónima cedió a favor de Héctor José Gabriel Alsó su participación del veinticinco por ciento (25%) sobre el Área. Este último por su parte y en forma conjunta con Ingeniería Alpa Sociedad Anónima e Hidraco Sociedad Anónima, cedieron a su vez, también por acuerdo privado de partes y a favor de Pehalco Sociedad Anónima, su titularidad del sesenta por ciento (60%) de participación sobre el Área resultante de las participaciones originarias de: I. Maronese e Hijos Sociedad Anónima cedida Héctor José Gabriel Alsó del veinticinco por ciento (25%); II. Hidraco Sociedad Anónima del veinticinco por ciento (25%) y III. Ingeniería Alpa Sociedad Anónima del diez por ciento (10%). En virtud de ello, las participaciones sobre el Área habían quedado conformadas con los siguientes porcentajes: Empresas Huayqui Sociedad Anónima de Construcciones, cuarenta por ciento (40%) y Pehalco Sociedad Anónima, sesenta por ciento...

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