Decreto N° 3.488
Emisor | Mrio. de Produccion |
Fecha de la disposición | 5 de Diciembre de 2008 |
Mendoza, 5 de diciembre de 2008
Visto el expediente N° 5347-D-2008-01409, en el cual se solicita el reconocimiento del Suplemento por Subrogancia a personal de la U.O. 03 -Dirección de Fiscalización, Control y Defensa del Consumidor, Jurisdicción 07 -Ministerio de Producción, Tecnología e Innovación; y
CONSIDERANDO:
Que la Doctora Stella Maris De Vito, Clase 011 -Jefe Departamento, Código Escalafonario 05-1-03-09 del referido Organismo, cumplió las funciones del cargo Clase 013 -Subdirector de Industrias, Código Escalafonario 05-1-04-03, durante el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 4 de setiembre de 2008, en virtud de la licencia por enfermedad otorgada al titular del cargo, según las constancias médicas obrantes en las citadas actuaciones;
Que en consecuencia, corresponde reconocer a dicha agente el derecho a percibir el Suplemento por Subrogancia durante dicho lapso y autorizar el pago del mismo, según lo establece el Artículo 64 de la Ley N° 5126 y modificatorias;
Que es necesario realizar una modificación al Presupuesto de Erogaciones vigente a fin de adecuar las partidas presupuestarias de personal, sin que ello signifique un incremento al Presupuesto del presente Ejercicio;
Por ello, conforme con lo dispuesto por el Artículo 11 de la Ley N° 7837 y 2° del Decreto Acuerdo N° 470/08,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Ténganse por asignadas las funciones y reconózcase el derecho a percibir el Suplemento por Subrogancia por el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 4 de setiembre de 2008, a la agente que se indica de la U.O. 03 -Dirección de Fiscalización, Control y Defensa del Consumidor, Jurisdicción 07 -Ministerio de Producción, Tecnología e Innovación, en el cargo que se señala:
Stella Maris De Vito, CUIL 27-11964492-0, las funciones del cargo Clase 013 -Subdirector de Industrias, Código Escalafonario 05-1-04-03, quien revista actualmente en el cargo Clase 011 -Jefe Departamento, Código Escalafonario 05-1-03-09.
Autorícese el pago a la citada agente del Suplemento por Subrogancia que establece el Artículo 64 de la Ley N° 5126 y modificatorias, correspondiente al reconocimiento efectuado por el artículo precedente.
Lo dispuesto por los Artículos 2° y 3° del presente decreto será atendido con cargo a la Cuenta General C96119 41101 000 UGG 030718 del Presupuesto vigente año 2008.
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