Decreto n° 3.011

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición24 de Enero de 0007

DECRETO N° 3.011

Mendoza, 28 de diciembre de 2006

Vista la necesidad de introducir observaciones al texto de la sanción de la Ley N° 7624 modificatoria de la Ley 7557 de acuerdo a las facultades del Poder Ejecutivo establecidas en el artículo 102 de la Constitución Provincial, y

CONSIDERANDO:

Que la modificación introducida por Ley N° 7624 en su artículo 2° en referencia al artículo 10° de la Ley 7557, establece el pase al planta permanente en carácter de efectivo del personal contratado durante los años 2004, 2005 y hasta el 31 de mayo de 2006 perteneciente al Ministerio de Salud y DINAADYF.

Que, en tal sentido las partidas necesarias para realizar el pase a planta del personal contratado en el periodo correspondiente al año 2006 no se encuentran previstas en el Proyecto de Ley de Presupuesto para el Ejercicio 2007 enviado por el Poder Ejecutivo a la Honorable Legislatura.

Que ello vulnera la atribución del Poder Ejecutivo contemplada en el artículo 128 inciso 14 de la Constitución Provincial cuyo correlato se encuentra expresamente previsto en el artículo 99 inciso 3 de la Carta Magna.

Que además y sin perjuicio de las consideraciones de tipo presupuestario, la norma contraría facultades propias y discrecionales del Poder Ejecutivo a tenor de lo dispuesto en el artículo 128 inciso 1 de la Constitución Provincial como Jefe de la administración, y en el ámbito propio de su personal.

Que al efecto es menester agregar que las facultades del Poder Legislativo dispuestas en el artículo 30 de la Constitución Provincial, fueron delegadas al Poder Ejecutivo mediante la Ley de Presupuesto del año 2004, al establecer la negociación colectiva como mecanismo de regulación de los aspectos atinentes al empleo público de los diversos sectores.

Que en virtud de tal delegación, se implementó la referida negociación alcanzándose en diversas oportunidades acuerdos y a falta de ellos se hizo uso de las facultades que le son propias, de modo que se ha ido perfilando una política tendiente a sanear y mejorar el régimen de los agentes del Estado, mediante una visión comprensiva de todos los aspectos y sectores del mismo.

Que dentro de este esquema, la incorporación como agentes efectivos de la planta permanente de quienes se han desempeñado como locadores de servicios, en los casos en cuya antigüedad resulta inferior a dos años, resulta restrictiva de las facultades mencionadas, así como exorbitan inclusive las...

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