Decreto Nº 277/GCABA/15
Firmantes | MACRI - Montenegro - Grindetti - Rodríguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 4 de Septiembre de 2015 |
VISTO:
Las Leyes Nros. 451, 1217, 4340, 4811, los Decretos Nros.321/09, 494/12, 270/14, y
el Expediente N° 13427742-MGEYA-SSJUS/14, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 42/02 el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires definió el régimen de mandatarios encargados de realizar las gestiones
necesarias para el cobro de deudas fiscales en mora y de los certificados de deuda
emitidos por los Controladores de la Unidad Administrativa de Control de Faltas;
Que mediante el Decreto N° 321/09, se creó un cuerpo de mandatarios para el cobro
de las deudas por multas aplicadas por la Dirección General de Administración de
Infracciones, en atención a la distinta naturaleza de los créditos, los plazos de
prescripción y el fuero donde tramitan las ejecuciones fiscales, diferenciando el
régimen para el cobro de las multas del que rige para las deudas fiscales, que se rigen
por el derecho común;
Que mediante el Decreto N° 197/10 se designó en los términos del precitado Decreto a
los integrantes del cuerpo de mandatarios para el cobro de las deudas por multas
aplicadas por la Dirección General de Administración de Infracciones;
Que en la actualidad el cobro de los certificados de deuda emitidos por los
Controladores de la Unidad Administrativa de Control de Faltas está a cargo de los
mandatarios designados por el Poder Ejecutivo;
Que mediante el Decreto N° 270/14 se modificó parcialmente la estructura organizativa
del Ministerio de Justicia y Seguridad y como resultado de la reforma introducida, las
Unidades Administrativas de Faltas quedaron organizadas en una instancia única,
compuesta por ciento veintiséis (126) cargos de Controladores Administrativos de
Faltas;
Que, encontrándose operativa dicha reforma, resulta conveniente adecuar la
organización de los cuerpos de mandatarios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires encargados de gestionar el cobro judicial y extrajudicial de las multas,
aplicadas por la Dirección General de Administración de Infracciones, dependiente de
la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, a las necesidades
funcionales actuales;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el organismo
que debe establecer las directivas jurídicas generales en los juicios en los cuales está
comprometido el interés del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el mencionado órgano asesor es titular de la competencia primaria en materia de
superintendencia procesal de los juicios en que el Gobierno de la Ciudad...
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