Decreto - N° 263 - AJG/2023, 27/09/2023

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DECRETO N.º 263/23
Buenos Aires, 25 de septiembre de 2023
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional Nº
17.801 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 1218 y 5705 (textos consolidados por la
Ley N° 6588), el Expediente Electrónico N° 39161430-GCABA-IVC/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto, se promueve la protocolización e
inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal del Plano
de Mensura Particular con Unificación y Posterior Fraccionamiento con Cesión de Vía
Pública M-150-2019 aprobado por la Dirección General Registro de Obras y Catastro
dependiente de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo
Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que la Ley N° 5.705 tiene por objeto la reurbanización, zonificación e integración
socio-urbana de la villa 20 en el marco de la Ley Nº 1.770 y su artículo 15 establece
que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires garantizará el cumplimiento
del proceso de urbanización iniciado por la Cooperativa 25 de Marzo en las manzanas
de su propiedad;
Que, el plano mencionado corresponde a los inmuebles sitos en: 1°) calle Comandante
Celedonio Escalada S/N esquina calle Corvalan S/N esquina calle Pablo Torcuato
Batlle y Ordoñez N°4.911/5.005 esquina calle Miralla S/N, 2°) calle Miralla S/N°
esquina calle Pablo Torcuato Batlle y Ordoñez Nº 4.906/5.004 esquina calle Corvalan
N° 4.942 identificados catastralmente como Sección 066, Manzana 30C, Parcelas 1 y
3; Manzana 030D, Parcelas 1 y 2 y Manzana 030E, Parcelas 2,3,4,7,8 y 9;
Que, dichos inmuebles son del dominio privado de la COOPERATIVA DE VIVIENDA,
CREDITO Y CONSUMO AGRUPACIÓN UNIDAD 25 DE MARZO LIMITADA,
inscriptos en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal en las
Matrículas FR 1-92899, FR-1-95524; FR 1-92900, FR 1- 95525; FR 1-92897, FR 1-
92898, FR 1-95526, FR 1-95527, FR 1-95528;
Que, del fraccionamiento resultante del Plano de Mensura Particular con Unificación y
Posterior Fraccionamiento con Cesión de Vía Pública M-150-2019, surgieron calles y
senderos a ceder a la vía pública, identificadas como 1°) Sendero sin nombre oficial a
ceder, designado como polígono V-W-S-Ñ-T-U-V. 2°) Sendero Albariño a ceder,
designado como polígono E-F-K-L-E. 3°) Calle Albariño a ceder y calle sin nombre
oficial a ceder, designado como polígono I'-Y-K'-C'-D'-J'-I', que se encuentran
efectivamente librados a la vía pública;
Que, por lo expuesto, resulta necesario aceptar la cesión de la superficie
correspondiente a vía pública ubicada dentro del predio delimitado conforme plano y
trasladar a dominio público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
autorizando a tales fines a la Dirección General Escribanía General dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica, a realizar todas las acciones tendientes a instrumentar la
protocolización e inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital
Federal y efectivizar la cesión gratuita mencionada, de conformidad a lo dispuesto en
el artículo 3° inciso a) de la Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6716 - 27/09/2023

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