Decreto Nº 2503

Fecha de Entrada en Vigor19 de Diciembre de 2017
Fecha de la disposición18 de Agosto de 2017

DECRETO Nº 2503

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

18 AGO 2017

VISTO:

El Expediente N° 16102-0038650-6 mediante el cual se tramita la prórroga del estado de emergencia vial en el territorio provincial, como así también se incorpora al presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad a la Obra N° 104: "Rehabilitación Obras de Infraestructura Vial" dentro del Programa N° 40: "Emergencia Vial".

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° 16101-0152694-8 del Sistema de Información de Expedientes se dictó el estado de desastre y/o emergencia vial por Decretos Nros. 0985/16; 2479/16 y 0559/17.

Que en virtud de la grave situación que padece la red vial primaria, secundaria y terciaria de la provincia, originada por las abundantes e inusuales precipitaciones pluviales, registradas desde los últimos días de diciembre del 2015 hasta junio del corriente año excediendo holgadamente el promedio histórico para ese período de tiempo en los diecinueve (19) —departamentos en los que se divide políticamente la geografía de la provincia;

Que la situación descripta tuvo como consecuencia directa gran acumulación de agua, escurrimientos superficiales y ascenso de las napas freáticas provocando situaciones de intransitabilidad y anegamiento en distintas rutas troncales, secundarias y terciaras de la red caminera, afectando también varios puentes;

Que dicha situación motivo el dictado del decreto N° 0985 del 4 de mayo de 2016, el cual estableció la emergencia vial en todo el territorio de la provincia de Santa Fe por un plazo de 120 días;

Que a través de dicho decreto se exceptuaron de las disposiciones de los Decretos N° 877/90, 610/92, 3226/05 y 3035/14, sus modificatorios y complementarios, como así también de toda otra disposición vigente en materia de contención del gasto público- a todas las tramitaciones que debía efectuar la D.P.V. como consecuencia de las erogaciones originadas en el marco de la emergencia y por el plazo establecido.

Que en el mismo acto administrativo se encuadraron esas contrataciones de obras y trabajos públicos que llevó adelante la Dirección Provincial de Vialidad, en las prescripciones del Art. 20 incisos c) y e) de la Ley de Obras Públicas N° 5188, y/o el Artículo 108 Inciso a) de la Ley de

Contabilidad Pública, Decreto Ley N° 1757/56.

Que una vez transcurrido el plazo original establecido se dilató...

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