Decreto N 721/GCABA/10

FirmantesMacri-Cha
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N 721/GCABA/10APRUEBA EL NUEVO CUADRO TARIFARIO PARA AUTOPISTAS - DEFINE LAS HORAS PICO PARA LA CONSIDERACIÓN DE LAS TARIFAS

Buenos Aires, 13 de septiembre de 2010

VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6 y sus modificatorias, la Ley N° 210 y sus modificatorias, la Ley N° 3060, el Decreto N° 2075/07 y sus modificatorios, el Decreto N° 1153/08, el Decreto N° 1069/09, el Decreto N° 406/10 y el Expediente N° 500.243/2010, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado citado en el Visto, la empresa Autopistas Urbanas S.A., concesionaria de obra pública de las Autopistas y Vías interconectadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según lo establecido en la Ley N° 3060, ha elevado al Ministerio de Desarrollo Urbano del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires un informe vinculado a la necesidad de modificar el cuadro tarifario de la concesión;

Que en virtud de lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 3060, el Ministerio de Desarrollo Urbano es la autoridad de aplicación de la Concesión a favor de AUSA;

Que el Artículo 8° de la precitada norma estableció que el cuadro tarifario de peaje aplicable a la concesión es fijado por el Poder Ejecutivo, teniendo en cuenta horarios, flujo de tránsito, estacionalidad, condiciones económico-financieras y condiciones generales del desenvolvimiento de la red vial de la Ciudad;

Que, a través del Ministerio de Desarrollo Urbano, propicia que se modifique el cuadro tarifario de la concesión, a fin de restablecer la ecuación económico-financiera de la concesión y contribuir a la solución...

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