Decreto Nº 2.943
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 24 de Octubre de 2008 |
DECRETO Nº 2.943
Mendoza, 24 de octubre de 2008
Visto el Expediente N° 1583 -Letra M- Año 2008, Código 01027 mediante el cual se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de las Municipalidades de la Provincia, conforme a lo previsto en los artículos 1° y 2° de la Ley N° 7956; y
CONSIDERANDO:
Que para distribuir dichos aportes entre los Municipios, se aplica el índice dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 6396 y sus modificatorias, determinado para el ejercicio 2008, mediante la Resolución N° 742-H-08.
Por ello y en virtud de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto Acuerdo N° 4096/07 y Acuerdo N° 2514/97 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Contaduría General de la Provincia liquidará el aporte asignado por el artículo precedente de este decreto, con cargo a la partida: H-20004-431-16-000 UGE H30735, del Presupuesto de Erogaciones vigente.
Las Municipalidades de la Provincia deberán realizar la rendición de cuentas de los aportes otorgados por el artículo 1° del presente decreto, conforme a las normas contenidas en el Acuerdo N° 2514/97 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia.
El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
CELSO ALEJANDRO JAQUE
Adrián Humberto Cerroni
Mario Daniel Adaro
_______
PLANILLA ANEXA A
Municipalidades
Aportes
No Reintegrables
Capital
981.300
General Alvear
577.200
Godoy Cruz
1.658.400
Guaymallén
1.906.500
Junín
451.050
La Paz
368.850
Las Heras
1.609.350
Lavalle
508.050
Luján de Cuyo
920.100
Maipú
1.303.050
Malargüe
266.100
Rivadavia
414.300
San Carlos
344.250
San Martín
943.050
San Rafael
1.459.650
Santa Rosa
386.700
Tunuyán
573.150
Tupungato
328.950
Total
15.000.000
Publicación: por única vez el 31/10/08
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