Decreto N° 2.508

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 3 de Diciembre de 2015

DECRETO N° 2.508

Mendoza, 3 de diciembre de 2015

Visto el expediente 4302-D-15-77770, en el cual el Ministerio de Salud, gestiona la modificación de la Planta de Personal, para posibilitar la creación de cargos en diversas dependencias descentralizadas, en virtud a lo establecido en el Art. 60 de la Ley N° 8701 y Art. 27 del Decreto-Acuerdo N° 1902/14 y Decreto N° 772/15, ratificado por Ley N° 8798.

Por ello, en razón de lo informado por la Subdirección de Personal, la conformidad de la Dirección General de Administración y lo dispuesto por los Arts. , 51 inc. e) y 60 inc. a) de la Ley N° 8701 y Arts. 2°, 20, 27 y 47 del Decreto-Acuerdo N° 1902/14, Decreto-Acuerdo N° 2413/14, Decreto N° 772/15, ratificado por Ley N° 8798, Art. 27 Ley N° 8706,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 3°

Modifíquense los Recursos Figurativos de Organismos Descentralizados del Presupuesto vigente, del modo que se indica en la Planilla Anexa III, que forma parte integrante del presente decreto, debiendo considerarse aumentados y disminuidos en las sumas que a continuación se indican, en las dependencias que se consignan:

HOSPITAL

AUMENTADOS

DISMINUIDOS

Hospital: "Central"

95.188,88

49.858,00

Hospital: "Teodoro J. Schestakow"

119.668,60

61.835,10

Hospital: "Enfermeros Argentinos"

47.210,60

23.080,00

Hospital: "Malargüe"

137.349,82

46.037,42

Artículo 4°

Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente de la Administración Pública Provincial y créense en el Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión, los cargos en la forma que se indica en la Planilla Anexa IV, que forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 5º

Los volantes de imputación preventiva de presupuesto y cargos deberán incorporarse en la pieza administrativa de designación, previo a la emisión de la correspondiente resolución.

Artículo 6°

El presente decreto será notificado a Contaduría General de la Provincia para su registración.

Artículo 7°

Lo dispuesto por el presente decreto, tendrá vigencia a partir de la fecha en que regirá la resolución de designación.

Artículo 8º

El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 9º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Oscar E. Renna

Francisco Ernesto García Ibáñez

Mtro. Sec. Gral. de la Gob. a/c Mrio. de Hacienda y Finanzas

PLANILLA ANEXA I

Expediente Nº 4302-D-2015-77770 - Decreto Nº 2508

Ejercicio: 2015

Nro. CUC.: 42

Nro. Comp.: 1335

0

0

00/00/00

2

08

01

S96003

41101

0

27.009,00

0,00

990010001

0

2

08

01

S96003

41101

0

36.008,32

0,00

990010001

0

2

08

01

S96003

41101

0

32.171,56

0,00

990010001

0

2

08

03

S96005

41101

0

59.826,68

0,00

990010001

0

2

08

03

S96005

41101

0

59.841,92

0,00

990010001

0

2

08

12

S96112

41101

0

47.210,60

0,00

990010001

0

2

08

19

Z96019

41101

0

47.222,30

0,00

990010001

0

2

08

19

Z96019

41101

0

47.222,30

0,00

990010001

0

2

08

19

Z96019

41101

0

42.905,22

0,00

990010001

0

2

08

01

S96003

41305

0

0,00

17.442,00

148000000

0

2

08

01

S96003

41308

0

0,00

32.416,00

630000000

0

2

08

03

S96005

41308

0

0,00

61.835,10

630000000

0

2

08

12

S96112

41308

0

0,00

23.080,00

630000000

0

2

08

19

Z96019

41308

0

0,00

46.037,42

630000000

0

1

08

01

S96100

41101

0

0,00

218.607,38

990010001

0

399.417,90

399.417,90

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