Decreto N° 2.151

EmisorMrio. Infraestructura
Fecha de la disposición28 de Noviembre de 2014

DECRETO N° 2.151

Mendoza, 28 de noviembre de 2014

Visto el Expediente N° 2026-S-2013-02370, en el cual se gestiona la designación en la Planta de Personal Permanente de diversos agentes de la Subsecretaría de Infraestructura Educativa del Ministerio de Infraestructura, quienes revistan en la Planta de Personal Temporario de esa jurisdicción; y

CONSIDERANDO:

Que lo anterior se realiza teniendo en cuenta lo establecido por la Ley N° 8586 ratificatoria del Decreto N° 1169/11 que Homologa el Acta Acuerdo de Paritaria de fecha 28 de abril de 2011.

Que resulta necesario aclarar que el Señor Jorge Hualpa, quien percibe una remuneración equivalente a un cargo de Clase 001, será encasillado en la Planta de Personal Permanente en un cargo de Clase 003 conforme a lo prescripto en la Ley N° 8712 que ratificó el Decreto N° 1624/13 por el cual se homologó el Acta Acuerdo de Paritaria de fecha 03 de mayo de 2013 y la Ley 8700 que ratifica el Decreto N° 944/14 por el cual se homologa el Acta Acuerdo de Paritaria celebrada en fecha 22 de mayo de 2014.

Por ello, teniendo en cuenta los informes producidos al respecto, lo previsto por los Artículos , , 51, inciso c) 53 de la Ley N° 8701 de Presupuesto vigente Ejercicio 2014 y Artículos 1°, 2, 20, 21 y 47 del Decreto Acuerdo N° 1902/14,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Déjese sin efecto, a partir de la vigencia del presente decreto, la contratación, en la Planta de Personal Temporario de la Subsecretaría de Infraestructura Educativa del Ministerio de Infraestructura, de los agentes que se detallan en la Planilla Anexa que integra el presente decreto constante de una (1) hoja, la que fue prorrogada en última instancia por Decreto Acuerdo N° 1620/2014.

Artículo 3°

Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente - Ejercicio 2014 de la Administración Pública Provincial y transfiéranse al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión, los cargos del modo que se indica en la Planilla Anexa II que forma parte integrante de este decreto constante de dos (2) fojas.

Artículo 4°

Desígnese a partir de la vigencia del presente decreto, a las personas que se detallan en la Planilla Anexa III que forma parte integrante de este decreto, constante de una (1) hoja, en los cargos de la Planta de Personal Permanente de la Subsecretaría de Infraestructura Educativa del Ministerio de Infraestructura, que en cada caso se indican, conforme lo previsto en la Ley N° 8586, ratificatoria del Decreto N° 1169/11 que homologa el Acta Acuerdo de fecha 28 de abril de 2011 y la Ley N° 8712 que ratificó el Decreto N° 1624/13 por el cual se homologó el Acta Acuerdo de Paritaria de fecha 03 de mayo de 2013 y la Ley 8700 que ratifica el Decreto N° 944/14 por el cual se homologa el Acta Acuerdo de Paritaria celebrada en fecha 22 de mayo de 2014.

Artículo 5°

Incorpórense a partir de la vigencia del presente decreto y hasta el 31 de diciembre del año 2014 a los agentes de la Subsecretaría de Infraestructura Educativa del Ministerio de Infraestructura, que se detallan en la Planilla Anexa IV que forma parte del presente decreto constante de una (1) hoja y que han sido designados en la Planta de Personal Permanente por el Artículo 4° de esta norma legal, en el Régimen de los Adicionales por Mayor Dedicación con los porcentajes que se mencionan en cada caso y en el de Dedicación de Tiempo Completo, previstos por el Artículo 59 de la Ley N° 5126, modificado por el Artículo 20 de la Ley N° 5811 y 25 de la citada Ley y Artículo 8° del Decreto N° 251/92.

Artículo 6°

El gasto que demande lo dispuesto por este decreto será atendido con cargo a las partidas presupuestarias que se aumentan por la modificación presupuestaria dispuesta por el Artículo 2° de esta norma legal.

Artículo 7°

Lo establecido en el presente Decreto tendrá vigencia a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de su dictado.

Artículo 8°

La presente norma legal será comunicada a Contaduría General de la Provincia para su registración.

Artículo 9°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro !Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Rolando Daniel Baldasso

PLANILLA ANEXA

Expte. N° 2026-S-2013-02370 - Decreto N° 2151

Apellido y Nombre

CUIL N°

Algañaraz, Hernán Tomás

20-23245728-8

Barros Castro, Luis Fernando

20-28627413-3

Boscco, Gabriela Beatriz

27-14311749-4

Cunietti, Eduardo Raúl

20-13569246-9

Gallardo, Ricardo Daniel

20-18082756-1

Hidalgo, Juan Carlos

23-13469641-9

Hidalgo, Walter Rubén

20-22529850-6

Hualpa, Jorge Santiago

20-21379803-1

Isaguirre, Juan Carlos

20-12223816-5

Lara, Roxana Marisa

27-17111234-1

Milett, Julio

20-13218417-9

Narváez, Urbano

20-20559506-7

Navarro, Daniel Osvaldo

23-20835057-9

Sotelo Maza, Carlos Mauricio

20-24207670-3

Testa, Pablo Sebastián

20-30202683-2

Urquiza, Fernando Adrián

20-30248892-5

Videla, Margarita Elizabeth

27-29400127-7

PLANILLA ANEXA I

Expte. N° 2026-S-2013-02370 - Decreto N° 2151

MODIFICACION PRESUPUESTARIA

Ejercicio 2014

N° CUC: 170

Nro. Comp.: 31

0

0

00/00/00

1

09

21

O99139

411 02

0

0,00

186.671,88

990020001

0

1

09

22

O99140

411 02

0

0,00

11.925,08

990020001

0

1

09

23

O99141

411 02

0

0,00

86.285,04

990020001

0

1

09

21

O99139

411 01

0

186.671,88

0,00

990010001

0

1

09

22

O99140

411 01

0

11.925,08

0,00

990010001

0

1

09

23

O99141

411 01

0

86.285,04

0,00

990010001

0

284.882,00

284.882,00

PLANILLA ANEXA II

Expte. N° 2026-S-2013-02370 - Decreto N° 2151

1

09

21

65

0

00

00

010

1

Cta. O99139-411-02-000

1

09

21

05

4

03

03

010

1

Cta. O99139-411-01-000

UG O99793

UG O99793

1

09

21

65

0

00

00

010

1

Cta. O99139-411-02-000

1

09

21

05

1

03

08

010

1

Jefe División

UG O99793

Cta. O99139-411-01-000

UG O99793

1

09

21

65

0

00

00

011

1

Cta. O99139-411-02-000

1

09

21

05

1

03

09

011

1

Jefe Departamento

UG O99793

Cta. O99139-411-01-000

UG O99793

1

09

21

65

0

00

00

010

1

Cta. O99139-411-02-000

1

09

21

05

4

03

03

010

1

Cta. O99139-411-01-000

UG O99793

UG O99793

1

09

21

65

0

00

00

010

1

Cta. O99139-411-02-000

1

09

21

05

4

03

03

010

1

Cta. O99139-411-01-000

UG O99793

UG O99793

1

09

21

65

0

00

00

010

1

Cta. O99139-411-02-000

1

09

21

05

4

03

03

010

1

Cta. O99139-411-01-000

UG O99793

UG O99793

1

09

21

65

0

00

00

010

1

Cta. O99139-411-02-000

1

09

21

05

4

03

03

010

1

Cta. O99139-411-01-000

UG O99793

UG O99793

1

09

21

65

0

00

00

005

1

Cta. O99139-411-02-000

1

09

21

05

6

02

...

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