Decreto N° 1116 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición25 de Agosto de 2016
LUNES 5 DE SETIEMBRE DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 173
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1116 ............................................................... Pag. 1
Decreto N° 1118 ............................................................... Pag. 2
Decreto N° 1122 ............................................................... Pag. 2
Decreto N° 753 ............................................................... Pag. 3
Decreto N° 684 ............................................................... Pag. 4
Decreto N° 546 ............................................................... Pag. 5
Decreto N° 683 ............................................................... Pag. 6
Decreto N° 504 ............................................................... Pag. 7
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Resolución N° 53 ............................................................... Pag. 8
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1018 ........................................................... Pag. 9
Resolución N° 1017 ........................................................... Pag. 9
Resolución N° 1016 ........................................................... Pag. 9
Resolución N° 1019 ........................................................... Pag. 10
Resolución N° 1020 ........................................................... Pag. 10
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
Resolución N° 95 ............................................................. Pag.10
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
Resolución N° 119 ............................................................. Pag. 13
Resolución N° 124 ............................................................. Pag. 13
Resolución N° 127 ............................................................. Pag. 14
Resolución N° 131 ............................................................. Pag. 15
Resolución N° 132 ............................................................. Pag. 16
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1116
Córdoba, 25 de Agosto de 2016.
VISTO: La solicitud efectuada por el señor Ministro de Vivienda, Arquitec-
tura y Obras Viales referida a la autorización para la realización de tareas
fuera de la jornada normal y habitual de labor, por parte de agentes de su
jurisdicción.
Y CONSIDERANDO:
Que el citado funcionario solicita la autorización para la realización de ta-
reas fuera de la jornada normal y habitual de labor por parte de agentes de
su dependencia por un total de hasta novecientas (900) horas mensuales,
desde septiembre hasta noviembre del año 2016.
Que conforme lo expresado por el señor Ministro, dicha solicitud obedece a
la necesidad de afrontar una mayor cantidad de trabajo como consecuen-
cia de la ejecución de los programas “Plan Vida Digna “ y “Plan de Regu-
larización “ establecidos por el Decreto N° 246 de fecha 28 de marzo de
2016 y la Resolución N° 302 de fecha 22 de junio de 2016 de la Dirección
General de Vivienda.
Que la medida propiciada encuentra fundamento en la particularidad de la
labor que se despliega en la Dirección Económica Financiera y de Admi-
nistración del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, debido a
que es este/último la autoridad de aplicación de los programas referidos, y
tiene la obligación de efectuar liquidaciones y demás tareas administrativas
y contables que permitan dar operatividad a los mismos.
Que la prestación de servicios fuera de la jornada normal de trabajo es de
carácter excepcional y extraordinario, encontrándose debidamente justi-
cada en impostergables razones de servicio, de acuerdo a las exigencias
especicas a cumplir por la jurisdicción.
Por ello; y lo dispuesto por el artículo 144 de la Constitución de la Provincia
de Córdoba.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°: AUTORÍZASE al Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras
Viales a afectar personal a prestar servicio bajo el régimen de horas extras,
con el límite establecido legalmente, durante los meses de septiembre,
octubre y noviembre de 2016, por un total de hasta novecientas (900) horas
mensuales.
Artículo 2°: FACÚLTASE al señor Ministro de Vivienda, Arquitectura y
Obras Viales, o al funcionario que este designe, a nominar el personal
afectado a prestar servicio bajo el régimen de horas extras y adoptar las
demás medidas operativas y administrativas que resulten necesarias para
su ejecución.
Artículo 3°: AUTORÍZASE la liquidación y pago de las horas extras efecti-
vamente prestadas por dicho personal, hasta el límite previsto en el artículo
1 previa certicación que realizará el titular de la jurisdicción.
Articulo 4°: FACÚLTASE al Ministerio de Finanzas, de corresponder, a
realizar los ajustes presupuestarios pertinentes a los nes de dar cumpli-
miento a lo dispuesto precedentemente.
Articulo 5°: El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado y rmado por
la señora Secretaria General de la Gobernación.
Articulo 6°: PROTOCOLICESE, comuníquese y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JOSÉ GARCÍA MINISTRO DE VIVIEN-
DA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES - SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENE-
RAL - JORGE EDUARDO CORDOBA FISCAL DE ESTADO

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