Decreto n° 1.664
Emisor | Ministerio de Desarrollo Social |
Fecha de la disposición | 1 de Septiembre de 0006 |
DECRETO Nº 1.664
Mendoza, 4 de agosto de 2006
Visto el expediente 6032-D-2006-05480-FIDES, en el cual se solicita la aprobación del Convenio de Financiamiento -Plan Nacional de Seguridad Alimentaria «El Hambre Mas Urgente»- Programa Vale Mas, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado en ese acto por el Sr. Secretario de Gestión y Articulación Institucional, C.P.N. Carlos Daniel Castagneto y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Mendoza, representado en ese acto por el Sr. Ministro, Prof. Sergio Pinto.
Por ello, atento el pedido formulado, lo dictaminado por Asesoría Legal del Fondo de Inversión y Desarrollo Social, Subsecretaría de Integración Social del Ministerio de Desarrollo Social, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 7347 y lo dispuesto en el Artículo 2º inc. g) de la Ley Nº 6366 y modificatoria,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Apruébese el Convenio de Financiamiento -Plan Nacional de Seguridad Alimentaria «El Hambre Mas Urgente»- Programa Vale Mas, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado en ese acto por el Sr. Secretario de Gestión y Articulación Institucional, C.P.N. Carlos Daniel Castagneto y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Mendoza representado en ese acto por el Sr. Ministro, Prof. Sergio Pinto, el que en fotocopia autenticada como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
JULIO CESAR CLETO COBOS
Sergio Damián Pinto
_______
ANEXO
CONVENIO DE FINANCIAMIENTO PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA «EL HAMBRE MAS URGENTE» PROGRAMA
VALE MAS
Ministerio de Desarrollo
Social de la Nación
Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Mendoza
Entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado en este acto por el Sr. Secretario de Gestión y Articulación Institucional, C.P.N. Carlos Daniel Castagneto, con domicilio en Avenida 9 de Julio 1925 Piso 18, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante «La Nación»; y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Mendoza, representado en este acto por el Sr. Ministro, Prof. Sergio Pinto, con domicilio en Centro Cívico -Casa de Gobierno- 5to. Piso, Cuerpo Central, de la Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, en adelante «La Provincia», se conviene lo siguiente:
OBJETO
-
El presente Acuerdo se suscribe a los efectos de financiar acciones tendientes a Garantizar la Seguridad Alimentaria de Personas en Condición de Vulnerabilidad Social, en los términos del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria «El Hambre Más Urgente»; y teniendo en cuenta lo establecido en la Ley Nº 25.724, los Decretos PEN Nº 1018, de fecha 28 de abril de 2003, y 901 de fecha 8 de octubre de 2003, la Ley 26.077 y la Resolución MDS Nº 2040/03-.
El objetivo del presente lo constituye: a) Reducir la inseguridad alimentaria de los hogares y personas en condiciones de riesgo alimentario y social de la provincia de Mendoza, permitiendo el ejercicio del derecho ciudadano de elegir los alimentos, y b) Promover cambios de hábitos de conducta, y actitudes beneficiosas para el desarrollo integral de la familia a través de la capacitación, respetando las particularidades culturales, sociales y...
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