Decreto N° 1.605

EmisorMinist. Secretaria Gral. de la Gobernacion
Fecha de la disposición30 de Junio de 2008

DECRETO N° 1.605

Mendoza, 30 de junio de 2008

Visto el Expte. N° 4516-G-08-00020, mediante el cual el Arzobispado de Mendoza solicita un subsidio; y

CONSIDERANDO:

Que dicho fondo será destinado a la cancelación de deudas en concepto de servicios e impuestos que posee una fracción del loteo ubicado en Av. España y Maza de Ciudad.

Que la mencionada fracción se encuentra en pleno proceso de transferencia por parte de la Municipalidad de Mendoza al Arzobispado de Mendoza.

Que la misma, junto a otras dos fracciones contiguas ya transferidas, constituirán el predio donde se levantará la nueva Catedral de la Provincia de Mendoza.

Que en vista de la importancia del proyecto para el pueblo de Mendoza, se considera oportuno y conveniente otorgar el subsidio solicitado.

Que se ha diligenciado la correspondiente reserva del crédito, atento a lo dictaminado a fs. 24 y a lo dispuesto por el artículo 11° de la Ley N° 7837 y Decretos Acuerdo N° 2074/03 y 4096/07.

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 3°

La recepción y rendición de cuentas del presente subsidio, estará a cargo del Pbro. Daniel Alfredo Forconesi, Apoderado Legal del Arzobispado de Mendoza, D.N.I. N° 17.167.896, la que deberá efectuarse en un plazo no superior a los noventa (90) días corridos a partir de la recepción de los fondos, de acuerdo a lo establecido por el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia en Acuerdo N° 2514/97 y los Decretos Acuerdo N° 2074/03 y 4096/07.

Artículo 4°

El gasto dispuesto en el artículo 1° será atendido por la Tesorería General de la Provincia, con cargo a la partida U.G.C. B96001-43104-74, U.G.E. B00001 del Presupuesto vigente para el año 2008.

Artículo 5°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUE

Luis Alejandro Cazabán

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