Decreto Nº 1.574 de 27 de junio de 2006

La Plata, 27 de junio de 2006.

VISTO el Expediente Nº 2100-12697/06, por el cual a instancias de la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires tramita la aprobación del Convenio de Colaboración celebrado entre ésta última con la entidad denominada "Aero Club La Plata", y

CONSIDERANDO:

Que atendiendo a la competencia que la Ley de Ministerios Nº 13.175 y el Decreto Nº 2100/04 le asignan a la Secretaría General de la Gobernación, la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa en orden a las responsabilidades impuestas en ese marco, incardina por intermedio de la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial la programación e implementación de políticas que se establezcan en materia de aeronavegación, infraestructura aeronáutica y servicios aéreos, así como coordina las acciones para el desarrollo de dichos servicios, los aeródromos provinciales y administra los recursos económicos, en concordancia con las distintas jurisdicciones involucradas;

Que en tal sentido, la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial, dependiente a su vez de la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa, tiene por metas la fiscalización y organización de la prestación de los servicios aéreos, la implementación de las acciones tendientes a obtener recursos económicos por la explotación de las áreas libres de los aeródromos provinciales, la organización de la infraestructura y el desarrollo de la aeronáutica provincial y la prestación de los servicios aéreos, así como atender a su supervisión;

Que a los fines de la satisfacción de los fines someramente expuestos, dicha Dirección Provincial se encuentra habilitada para ejecutar las acciones necesarias para el cumplimiento de las competencias asignadas, controlando la actividad de los sectores a su cargo de manera de propender a obtener la máxima seguridad en las prestaciones, así como fomentar la actividad aerocomercial y aerodeportiva, la formación de recursos humanos, y toda otra tendiente a facilitar la seguridad de la actividad;

Que asimismo deviene oportuno destacar muy especialmente que la programación y supervisión de la formación de especialistas en la temática del área a través de programas conjuntos con universidades y otras instituciones nacionales y aerodeportivas, constituye una parte importante de los cometidos de la aludida Dirección;

Que en concordancia con lo brevemente expuesto, va de suyo el interés que reviste para esta Administración velar por el más firme cumplimiento de los cometidos públicos enunciados, los cuales dan pleno sustento al Convenio mencionado en el visto, el cual tiene por objeto facilitar una relación de cooperación y asistencia mutua entre la Secretaría General de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires y el Aero Club La Plata;

Que el Convenio de Colaboración referido, facilita la atención del vínculo entre la sociedad civil bonaerense y su Estado provincial, en el marco del denominado Estado Relacional que potencia sus propios recursos con la colaboración de personas físicas y jurídicas;

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