Decreto Nº 1.403

EmisorMrio. de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición26 de Agosto de 2015

DECRETO Nº 1.403

Mendoza, 26 de agosto de 2015

Visto el Expediente N° 5082-D-2015-02369 en el cual la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos, dependiente de la Dirección General de Escuelas, solicita incremento del Presupuesto Vigente, en virtud de mayor recaudación en determinados financiamientos, y una modificación presupuestaria, en virtud de las partidas asignadas por Remanente de ejercicios anteriores de Fondos Afectados, tramitado por Resolución N° 170-H-2015, a fin de adecuarlas a las necesidades de ejecución del presente ejercicio;

CONSIDERANDO:

Que el incremento presupuestario se efectúa con el objeto de adecuar las partidas a las necesidades de ejecución;

Que los fondos para la financiación de dichas acciones han sido transferidos por el Ministerio de Educación de Nación y su ingreso se encuentra certificado, a fojas 29 por la Subdirección de Auditoría de la Contaduría General de la Provincia;

Que el Presupuesto 2015 no ha recibido la sanción legislativa correspondiente y ha sido reimplantado el presupuesto vigente del año 2014 por Decreto Acuerdo N° 2413/14;

Que es necesario dotar de crédito las partidas de locaciones de servicios para darle continuidad hasta el 31 de diciembre de 2015 a los contratos vigentes;

Que así mismo, se requiere reforzar las partidas corrientes y de capital para llevar a cabo las acciones planificadas para el Ejercicio 2015;

Que existe Crédito Adicional a Distribuir en virtud de la incorporación de remanentes de ejercicios anteriores asignados por Resolución 170-H-2015, de fecha 21 de julio de 2015;

Que del total del remanente de ejercicios anteriores, se han deducido los importes necesarios para cubrir la deuda flotante generada en el ejercicio anterior y el reapropiamiento, como consecuencia de erogaciones comprometidas y no devengadas en dicho ejercicio, todo ello en concordancia con lo establecido en los artículos 49° de la Ley N° 8701 y 49° de la Ley N° 8530;

Que la modificación presupuestaria propuesta implica un incremento del gasto autorizado a nivel global, contemplado en el Artículo 16, inciso d) de la Ley N° 8701;

Por ello y en virtud de la facultad conferida por el artículo 27° de la Ley N° 8706, los artículos , 16° y 49° de la Ley N° 8701, los artículos 2°, 6° y 19° del Decreto Acuerdo N° 1902/14 y artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 2413/14.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1

ro.- Modifíquese el Presupuesto de Erogaciones vigente de la Unidad...

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