Decreto N° 1.156

EmisorMin. Seguridad
Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2016

DECRETO N° 1.156

Mendoza, 5 de setiembre de 2016

Visto el Expediente N° 1804-D-16-00213; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones tramita la confirmación del Agente S.C.S. Reynoso Caraballo, Mario Ariel del Servicio Penitenciario Provincial designado mediante Decreto 3284/09 de fecha 28 de diciembre de 2009.

Que el Art. 32 de la Ley N° 7493 y sus modificatorias, dispone que "Toda designación o incorporación a cualquiera de los escalafones de la presente ley, se efectuará interinamente por el término de doce (12) meses, al cabo del cual deberá confirmarse o no expresamente en el cargo. Esta confirmación se realizará sobre la base del desempeño del personal, en las funciones asignadas por la superioridad y que hayan sido cumplidas dentro del marco reglamentario; habiendo demostrado idoneidad, adaptación, subordinación y aptitud, la que será evaluada por un equipo técnico del Servicio Penitenciario (...)".

Que a fs. 07/08 obran grillas de calificaciones del Agente Reynoso.

Que a fs. 09 y vta. obra Certificado Analítico de Educación Polimodal expedido por la Dirección General de Escuelas.

Que a fs. 18 obra informe de la Inspección General de Seguridad, donde consta que el Agente no registra sumarios administrativos pendientes.

Que a fs. 23 Secretaría General de la Dirección General del Servicio Penitenciario de Mendoza advierte un error material involuntario de tipeo en el artículo 1° del Decreto 3284/09 de designación del referido Agente Reynoso en su apellido, donde debió haberse consignado "Caraballo" y no "Carballo"; ello conforme copia certificada de partida de nacimiento obrante a fs. 24.

Que dicho error es susceptible de enmienda conforme lo prescripto por los artículos 77, 78 y concordantes de la Ley 3909.

Por ello, y conforme lo dictaminado por el Departamento Legal y Técnico de la Dirección General del Servicio Penitenciario a fs. 20/21;

LA VICEGOBERNADORA DE LA PROVINCIA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1°

Rectifíquese lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 3284/09 de fecha 28 de diciembre de 2009, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 1° - Desígnese en...

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