Decreto 982. Desígnase Director General de Administración de Recursos Humanos y Organización.

Fecha de disposición30 Noviembre 2017
Fecha de publicación30 Noviembre 2017
SecciónDecretos

SECRETARÍA GENERAL

Decreto 982/2017

Desígnase Director General de Administración de Recursos Humanos y Organización.

Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-16762734-APN-DDMYA#SGP, la Ley N° 27.341, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 692 del 18 de mayo de 2016 y 355 del 22 de mayo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Que por el Decreto Nº 692/16 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político.

Que por el Decreto referido en el considerando precedente, se ratificó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, el cargo de Director General de Administración de Recursos Humanos y Organización de la citada Secretaría.

Que por el Decreto N° 355/17 se dispuso, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios vacantes y financiados presupuestariamente, en jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la Presidencia de la Nación, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Presidente de la Nación.

Que la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN solicita la cobertura transitoria del cargo vacante financiado de Director General de Administración de Recursos Humanos y Organización de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, Nivel A - Grado 0, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva Nivel I del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que la persona propuesta debe ser exceptuada del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO...

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