Decreto Nº 933

EmisorMinisterio Secretaria General Legal y Tecnica de la Gobernacion
Fecha de la disposición 6 de Junio de 2014

DECRETO Nº 933

Mendoza, 6 de junio de 2014

Visto el Expediente N° 7760-D-1400-00020, mediante el cual se solicita adecuar la estructura orgánica de la ex Secretaría General Legal y Técnica de la Gobernación a Ministerio de acuerdo a lo dispuesto por Ley N° 8637; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo 128° de la Constitución de la Provincia de Mendoza, el Gobernador tiene a su cargo la administración general de la Provincia, por lo cual es de su competencia aprobar las estructuras orgánicas de sus dependencias;

Que por el Artículo 26 de la Ley N° 8637 dispone las competencias del Ministerio Secretaría General Legal y Técnica de la Gobernación;

Que el Artículo 3° de la Ley N° 8637 establece las atribuciones de los Ministros y prevé la delegación de competencias Administrativas;

Que por Artículo 5° del Decreto-Acuerdo N° 3/14 se autorizó a los Señores Ministros a aprobar las nuevas estructuras mediante decreto simple;

Por ello, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Ministerios N° 8637 y el Decreto-Acuerdo N° 3/2014,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese la estructura organizativa del Ministerio Secretaría General Legal y Técnica de la Gobernación, según el organigrama, misiones y funciones que establece el presente decreto y que como Anexo I y II los cuales forman parte integrante del mismo:

  1. Ministerio Secretaría General Legal y Técnica de la Gobernación

Secretaría Privada

1.1.

Dirección de Administración

1.2.

Dirección de Servicios Generales

1.3.

Dirección de Informática y Comunicaciones

1.4.

Asesoría en Ceremonial y Protocolo

1.5.

Subsecretaría Legal y Técnica

1.5.1. Escribanía General de Gobierno

1.6.

Subsecretaría de Comunicación Pública

1.6.1. Dirección de Comunicación y Prensa

1.6.2. Dirección de Comunicación Digital y Redes 1.6.3. Dirección de Contenidos Especiales

1.7.

Subsecretaría de Gestión Pública

1.7.1. Dirección de Recursos Humanos

1.7.2. Dirección de Herramientas de Gestión Pública

1.7.3. Escuela de Gobierno y Administración de la Provincia de Mendoza (EGA)

1.7.4. Dirección de Planificación, Monitoreo y Control de Políticas Públicas

1.7.5. Dirección Casa de Mendoza

Artículo 2º

Establézcase que las Subsecretarías y Direcciones del Ministerio Secretaría General Legal y Técnica de la Gobernación continuarán funcionando en sus estructuras de igual forma como lo hacían hasta la vigencia del presente decreto.

Artículo 3º

El presente decreto tendrá vigencia a partir de la fecha de su dictado.

Artículo 4º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial.

y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Francisco Ernesto García Ibáñez

ANEXO I

Ministerio Secretaría General Legal y Técnica

de la Gobernación

Secretaría Privada

Subsecretaría

Legal y Técnica

Subsecretaría

de Comunicación

Pública

Subsecretaría

de Gestión Pública

Dirección de

Informática y

Comunicación

Dirección de

Administración

Dirección de

Comunicación

y Prensa

Dirección

Contenidos

Especiales

Dirección de

Comunicación

Digital y Redes

Dirección

de Servicios

Generales

Dirección de

Herramientas

de Gestión

Pública

Dirección de

Planificación,

Monitoreo y

Control de

Políticas

Públicas

Escribanía

General de

Gobierno

Asesoría en

Ceremonial y

Protocolo

Escuela de Gobierno

y Administración de

la Provincia de

Mendoza (EGA)

Dirección de

Recursos

Humanos

Dirección

Casa de

Mendoza

ANEXO II
  1. MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL LEGAL Y TÉCNICA

DE LA GOBERNACIÓN

Misión

Asistir al Gobernador de la Provincia en las cuestiones concernientes al Área de Gobernación. Funciones

• Coordinar las iniciativas del Poder Ejecutivo en materia de Legislación.

• Propiciar el mejoramiento de la técnica normativa en la redacción de los proyectos y anteproyectos que se presenten al Gobernador de la Provincia.

• Organizar y administrar el sistema de ordenamiento de las normas de la Provincia de Mendoza.

• Administrar la publicación del Boletín Oficial e implementar su difusión por los medios oficiales de comunicación.

• Difundir los derechos y obligaciones de los ciudadanos.

• Organizar y administrar la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo del Gobierno de la Provincia de Mendoza.

• Confeccionar la agenda sistémica del Poder Ejecutivo.

• Diseñar, proponer, organizar, supervisar y ejecutar, conforme a las pautas que fije el Poder Ejecutivo las políticas provinciales sobre recursos humanos tendientes al fortalecimiento de sus capacidades y a la jerarquización de la carrera pública del Gobierno de la Provincia de Mendoza.

• Entender en la elaboración y aplicación de la política salarial al sector público, coordinando la participación de otros ministerios y organismos en cuanto corresponda.

• Organizar los sistemas provinciales de informática y comunicaciones, sin perjuicio de las competencias que sobre la materia tienen asignadas las carteras ministeriales.

• Evaluar, centralizar y registrar información y datos de servicios de consultorías, reclamos y sugerencias del ciudadano y de los empleados, convenios, becas, pasantías.

• Coordinar en las distintas Casas de la Provincia de Mendoza radicadas o que se radiquen en territorio argentino y en el exterior, la difusión y promoción de los aspectos económicos, culturales, históricos, científicos y turísticos y todo otro de interés provincial, supervisando la participación de ellas de las distintas áreas gubernamentales.

• Ejecutar el control de gestión del gobierno de la Provincia, a fin de verificar el cumplimiento de los objetivos propuestos por el Poder Ejecutivo.

• Elevar los informes de control de gestión al Gobernador de la Provincia.

• Diseñar, proponer y coordinar la política de transformación y modernización del Estado, determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.

• Diseñar e implementar los instrumentos para el monitoreo de los objetivos propuestos por el Poder Ejecutivo.

• Diseñar, coordinar y verificar la implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información para el Poder Ejecutivo.

• Coordinar y controlar la aplicación de los sistemas de información y telecomunicaciones del Gobierno de la Provincia de Mendoza.

• Diseñar e implementar políticas de descentralización modelos de gestión que optimicen la calidad de los servicios de los ciudadanos.

• Articular la relación con la comunidad y garantizar la democracia participativa.

• Coordinar un sistema único de atención y reclamos de los ciudadanos.

• Coordinar el funcionamiento de la Escuela de Gobierno y Administración de la Provincia de Mendoza.

• Coordinar la política de transformación y modernización del Estado, de acuerdo a las pautas determinadas por el Gobernador de la Provincia de Mendoza.

• Informar al Gobernador acerca de los resultados de las reuniones y acuerdos de gabinete.

• Coordinar la planificación, organización y ejecución de eventos oficiales o sociales convocados por el Sr. Gobernador.

1.1- Dirección de Administración

Misión

Administrar los recursos materiales, humanos y financieros del Ministerio con el objeto de lograr la concreción de sus fines de acuerdo a la normativa vigente.

Funciones

• Centralizar y coordinar el movimiento de ingresos y egresos de valores.

• Gestionar la contratación de bienes y servicios conforme a la legislación vigente.

• Registrar y verificar el inventario de bienes de propiedad del Ministerio.

• Gestionar la recepción, tramitación, despacho y archivo de las piezas administrativas y de la correspondencia.

• Administrar los sistemas informáticos.

• Coordinar y participar en la elaboración presupuestaria.

• Ejecutar el seguimiento, control y evaluación de la gestión presupuestaria.

• Propiciar las modificaciones presupuestarias.

• Registrar la ejecución presupuestaria.

• Ejecutar el sistema de contabilidad.

• Elaborar los estados contables de acuerdo a la Ley de Contabilidad N° 3799 y sus modificatorias.

• Auditar el funcionamiento de los sistemas operativos, económicos y financieros en los que participe el Ministerio, en relación a las políticas y objetivos de las mismas y de las leyes y reglamentaciones vigentes.

• Analizar, evaluar y planificar las fuentes y usos de fondos.

• Adecuar a los recursos humanos del Ministerio al presente organigrama.

• Administrar los recursos humanos comunicando necesidades de personal, vacantes y necesidades.

• Administrar las cuestiones referidas al régimen jurídico del personal según normativa vigente.

• Elevar al Ministro las propuestas de ascensos y capacitación del personal.

• Participar en el análisis de los aspectos vinculados con la política salarial aplicable a la administración provincial, asesorando a las autoridades en la materia.

• Investigar permanentemente la adecuación de la distribución del personal según sus aptitudes y las necesidades de los programas y funciones por cumplir por cada organismo, en coordinación con las Unidades de Administración de Personal Sectoriales.

• Requerir, receptar y sistematizar la información comprensiva de datos del personal a reubicar y transferir, antecedentes laborales, estudios cursados, especialización, capacitación y toda información que contribuya a establecer el perfil laboral de los agentes, con el fin de asignarles el cargo más acorde a sus competencias.

• Organizar e instrumentar un sistema de transparencia y reubicación de personal de la administración pública central, Organismos Descentralizados, entes Autárquicos, Cuentas Especiales y Organismos Constitucionales.

• Establecer, con la participación de otras unidades administrativas competentes del Ministerio, las dependencias y entidades de la Administración Pública Provincial que correspondan, los criterios para formular los programas de incentivos para el cumplimiento de objetivos por parte de los servidores públicos, en los términos de las disposiciones aplicables.

1.2- Dirección de Servicios

Generales

Misión

Optimizar el mantenimiento y...

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