Decreto 859 de 04 de Mayo de 2005

La Plata, 4 de mayo de 2005.

Visto: El Expediente Nº 2156-74/03 y el Decreto Nº 540/03 mediante el cual se crea la figura de Agente de Modernización, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del artículo 1º del Decreto Nº 540/03 se creó la figura de los Agentes de Modernización en el ámbito de la entonces Secretaría para la Modernización del Estado (cuyas competencias fueron absorbidas por la Secretaría General de la Gobernación a partir de la sanción de la Ley de Ministerios Nº 13175), siendo su finalidad asistir y asesorar a la máxima autoridad y a los demás integrantes de las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Provincial a la que fueran destinados (Art. 2º de la norma citada), habiéndose definido en su Anexo 1 el perfil y las condiciones para acceder a dicha función;

Que en su artículo 12 se estableció un reconocimiento mensual no remunerativo no bonificable a percibir por los Agentes de Modernización consistentes en sumas de dinero de hasta pesos un mil quinientos ($ 1.500) además de la remuneración que cada agente percibe por su Jurisdicción y tomando como límite la suma de pesos dos mil ($ 2. 000) por todo concepto;

Que dicho artículo fue proyectado en un contexto particular signado por el congelamiento salarial en la Administración Pública y por la Emergencia Administrativa, Económica y Financiera del Estado Provincial dispuesta por la Ley 12.727 y sus modificatorias;

Que dicha situación ha sufrido una modificación sustancial por cuanto se ha morigerado la emergencia económico-financiera de la Provincia y se han dispuesto aumentos salariales y reintegros de conceptos que se habían visto afectados y restringidos por las citadas normas de emergencia, tales como el Decreto Nº 1511/04 que otorga al personal de la Administración Pública una bonificación remunerativa no bonificable y el Decreto Nº 103/04 que dispone el abono al personal de la Administración Provincial de la diferencia de bonificación por antigüedad;

Que todo ello hace necesario determinar la correcta interpretación del espíritu del Decreto Nº 540/03 conforme la nueva realidad...

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