Decreto 809/2021

Fecha de publicación26 Noviembre 2021
SecciónDecretos
EmisorPRESUPUESTO


Ciudad de Buenos Aires, 25/11/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-112188818-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y sus normas modificatorias, la Decisión Administrativa N° 4 del 15 de enero de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario incrementar los créditos presupuestarios para incorporar el impacto de las mejoras en las remuneraciones dispuestas por normas legales durante el presente año para el personal de las Jurisdicciones y Entidades de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL.

Que se requiere modificar los créditos vigentes de la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN, de la BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACIÓN, de la DIRECCIÓN DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y la DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, organismos actuantes en el ámbito del PODER LEGISLATIVO DE LA NACIÓN, a fin de afrontar necesidades específicas.

Que resulta menester reforzar el Presupuesto vigente del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA, organismo actuante en el ámbito del PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, con el objeto de afrontar sus necesidades operativas.

Que corresponde reforzar los créditos de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo actuante dentro de la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, destinados a la atención médica de los pensionados no contributivos.

Que se deben reforzar los créditos de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el fin de regularizar la situación financiera relacionada con servicios, políticas públicas e inversiones de la Empresa ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANÓNIMA (AR-SAT).

Que el incremento mencionado en el considerando anterior se financia con una reducción de las aplicaciones financieras incluidas en el presupuesto del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), organismo descentralizado actuante en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que resulta menester incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, a fin de cubrir parte de las obligaciones pendientes con Organismos Internacionales y Comisiones de Ríos que mantiene la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el citado refuerzo se financia con los mayores recursos originados en la aplicación de la tasa del UNO POR CIENTO (1 %) sobre las importaciones sujetas a Estadística.

Que es necesario adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS con el objeto de atender gastos de funcionamiento, beneficios correspondientes a la Ley de Derechos Humanos N° 25.914, y afrontar diversos gastos de sus organismos dependientes.

Que se refuerzan los créditos vigentes del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con la finalidad de afrontar transferencias destinadas a comunidades indígenas y convenios con gobiernos provinciales para el relevamiento de las mencionadas comunidades.

Que es preciso reforzar los créditos vigentes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a fin de afrontar la provisión de alimentos destinada a la población penal alojada en establecimientos penitenciarios, gastos de funcionamiento y becas de los cadetes de la ESCUELA PENITENCIARIA DE LA NACIÓN “DR. JUAN JOSÉ O’CONNOR”.

Que se incrementa el presupuesto del ENTE DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL (ENCOPE), actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que los gastos citados en los párrafos precedentes, como así también los gastos salariales correspondientes al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y a sus organismos dependientes, se financian mediante la incorporación de recursos propios de la citada Cartera Ministerial y la reducción de sus aplicaciones financieras.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE SEGURIDAD a fin atender subsidios de las diversas asociaciones integrantes del sistema bomberil voluntario de la REPÚBLICA ARGENTINA y otros gastos de funcionamiento y de capital, financiando los mismos mediante la incorporación de recursos correspondientes a la Ley del Bombero Voluntario N° 25.054 y sus normas modificatorias y la Ley de Registro Nacional de Precursores Químicos N° 26.045.

Que es menester reforzar el presupuesto vigente de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con el objeto de atender gastos correspondientes a la prestación del servicio de policía adicional que presta la mencionada Fuerza Policial.

El refuerzo citado en el Considerando precedente se financia mediante la incorporación de recursos remanentes de ejercicios anteriores correspondientes a la prestación del mencionado servicio de policía adicional y la cesión de créditos por parte del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Que es necesario adecuar los créditos vigentes de la GENDARMERÍA NACIONAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con la finalidad de atender gastos correspondientes a operaciones de seguridad y gastos de funcionamiento.

Que el refuerzo citado en el considerando precedente se financia, parcialmente, mediante la cesión de créditos del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que corresponde incrementar el presupuesto vigente de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con el objeto de afrontar la adquisición de equipamiento para los Institutos de Formación y gastos correspondientes a la afectación del Motovelero Oceanográfico - PNA- MVO-01 “Dr. Bernardo Houssay” para el Proyecto de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la iniciativa “PAMPA AZUL”.

Que el incremento citado en el considerando precedente se financia, parcialmente, mediante la cesión de créditos correspondientes al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

Que es preciso reforzar los créditos vigentes de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con la finalidad de atender gastos correspondientes a la prestación del servicio de policía adicional y otros gastos de funcionamiento.

Que el refuerzo mencionado en el considerando anterior se financia, parcialmente, mediante la incorporación de recursos remanentes de ejercicios anteriores correspondientes a la prestación del servicio de policía adicional.

Que por las Resoluciones Nros. 26 del 29 de enero de 2021 y 240 del 31 de mayo de 2021, ambas del MINISTERIO DE SEGURIDAD, se incrementó el haber mensual del personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que por las Resoluciones Conjuntas Nros. 16 del 27 de noviembre de 2020 y 1 del 30 de enero de 2021, ambas de los MINISTERIOS DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y DE ECONOMIA, se incrementó el haber mensual y los valores de diversas compensaciones y suplementos del personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Que por efecto de las citadas medidas se recomponen en forma directa los haberes de las personas Jubiladas, Retiradas y Pensionadas de las citadas fuerzas de seguridad.

Que resulta necesario reforzar el presupuesto destinado a la atención de las Jubilaciones, Retiros y Pensiones de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA (CRJPPFA), organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que dichas erogaciones se financian parcialmente con mayores ingresos por Aportes y Contribuciones, el uso de Fuentes Financieras y erogaciones figurativas de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA propicia llevar a cabo una compensación de créditos que implica modificar la Finalidad Función de Inteligencia, con el objeto de atender necesidades correspondientes a la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA ESTRATÉGICA MILITAR dependiente del mencionado Ministerio.

Que debe incrementarse el presupuesto del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS para llevar a cabo la adquisición de alimentos, combustibles y efectos necesarios para proceder a la reapertura con carácter permanente de la Base Antártica Conjunta “PETREL”.

Que el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO propicia llevar a cabo una readecuación de su presupuesto, consistente en reducir aplicaciones financieras para incrementar gastos corrientes y de capital, con el objeto de atender gastos operativos y de funcionamiento de los nosocomios de la Fuerza como así también la adquisición de equipamientos varios.

Que, por otra parte, el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO ARGENTINO, organismo actuante en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, percibe créditos de GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, organismo actuante en el MINISTERIO DE SEGURIDAD, en concepto de pago del suministro de gas del Comando de Región I “Campo de Mayo” correspondiente al presente Ejercicio y deuda contraída en el Ejercicio 2020.

Que el ESTADO MAYOR GENERAL DE LAS FUERZAS AÉREAS, organismo actuante en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, propicia reforzar los gastos corrientes en detrimento de las aplicaciones financieras, a fin de atender gastos operativos y de funcionamiento de las distintas dependencias de la Fuerza.

Que, asimismo, por los Decretos Nros. 837 del 30 de octubre de 2020 y 47 del 29 de enero de...

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