DECRETO 782 / 2019 DECRETO de 19 de Marzo de 2019

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Abril de 2019
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2019
Número de Boletín29466
Fecha de Publicación 4 de Abril de 2019
Número de documento71590

DECRETO N° 782/3 (ME), del 19/03/2019.

EXPEDIENTE N° 489/389-B-2017 y Agdo..-

VISTO el Recurso interpuesto por el señor Sergio Héctor Brizuela, DNI N° 16.176.880, en contra de la Resolución N° 54 de fecha 19/07/2018 emitida por el Subsecretario de Gestión Previsional de la Provincia, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada resolución -adjunta a fs. 37- se denegó el pedido formulado por el recurrente; quien solicita el pago de la pensión "Renta Vitalicia Héroes de Malvinas".

Que el rechazo del beneficio se funda en la falta de acreditación por parte del interesado, de los recaudos exigidos en la Ley N° 7205 y en el Decreto N° 1000/1-07, reglamentario de la citada norma.

Que la Resolución N° 54 de fecha 19/07/2018 es notificada al recurrente el 08/08/2018 -a fs. 38- e interpone contra ella Recurso de Alzada con fecha 13/08/2018 - a fs. 39-.

Que al resultar el Poder Ejecutivo único órgano competente para otorgar el beneficio "Renta Vitalicia Héroes de Malvinas", según el artículo 7 de la Ley N° 7.205, deviene inadmisible la articulación de la vía recursiva contra el citado acto administrativo.

Que en consecuencia, y atento a que el solicitante no acreditó las exigencias de las normativas reseñadas, corresponde rechazar lo peticionado por el recurrente, dictando para ello la pertinente medida administrativa.

Por ello, y en mérito al dictamen fiscal N° 66 del 14 de...

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