Decreto 779/2022

Fecha de publicación28 Noviembre 2022
SecciónDecretos
EmisorGESTIÓN DE RESIDUOS DOMICILIARIOS


Ciudad de Buenos Aires, 25/11/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-00818585-APN-DGAYF#MAD, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias), las Leyes Nros. 25.675, 25.916, 26.206, 27.592 y 27.621, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL consagra el derecho de todas y todos los habitantes de la Nación a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras. Entre otras cuestiones impone a las autoridades proveer a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y establece que le corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.

Que así, por la Ley N° 25.916 se establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de los residuos domiciliarios, sean éstos de origen residencial, urbano, comercial, asistencial, sanitario, industrial o institucional, con excepción de aquellos que se encuentren regulados por normas específicas, ello en los términos del derecho reconocido en el referido artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que para proveer a la protección del citado derecho, el concepto de economía circular resulta trascendental. En ese marco debe abordarse la producción, distribución, consumo y reciclado de forma virtuosa; promoverse la valorización y reincorporación de los residuos; fortalecerse los circuitos de recolección y recuperación como parte de nuevos circuitos productivos; y de esta forma, evitar la utilización de nuevos recursos naturales e impulsar el ahorro de energía.

Que, en este sentido, por el artículo 24 de la ley citada se establece que será autoridad de aplicación el organismo de mayor jerarquía con competencia ambiental que determine el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que por el Decreto N° 7 del 10 de diciembre de 2019 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias), se creó el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, por lo que es este quien denota la citada mayor jerarquía en materia ambiental.

Que entre las competencias del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, se destacan las de “Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su...

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