Decreto 733. DECTO-2018-733-APN-PTE - Tramitación digital completa, remota, simple, automática e instantánea.

Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2018

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Decreto 733/2018

DECTO-2018-733-APN-PTE - Tramitación digital completa, remota, simple, automática e instantánea.

Ciudad de Buenos Aires, 08/08/2018

VISTO: el Expediente N° EX-2018-27244114-APN-SECMA#MM, las Leyes Nros. 19.549, 22.520, 24.156 y 27.446, los Decretos Nros. 434 de fecha 1° de marzo de 2016, 561 de fecha 6 de abril de 2016, 1063 del 4 de octubre de 2016, 1131 del 28 de octubre de 2016, 1273 del 19 de diciembre de 2016, 1306 del 26 de diciembre de 2016, 480 del 4 de julio de 2017, 891 del 1° de noviembre de 2017, 892 del 1° de noviembre de 2017, 894 del 1° de noviembre de 2017, 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, la Resolución de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 19 del 2 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) del 11 de diciembre de 2015, estableció entre las competencias del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN las de diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión de la Administración Pública Nacional; intervenir en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcance transversal o comunes a los organismos y entes de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada y la de entender en el perfeccionamiento de la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional central y descentralizada, procurando optimizar y coordinar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros con los que cuenta.

Que, en consecuencia, el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios asignó a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entre otras, las funciones de entender en las propuestas e iniciativas de transformación, innovación, mejora continua e integración de los procesos y sistemas centrales de soporte de gestión del Sector Público Nacional, a partir del desarrollo y coordinación de políticas, marcos normativos, capacidades, instrumentos de apoyo y plataformas tecnológicas; y la de entender en el marco regulatorio del régimen relativo a la validez legal del documento y firma digital, así como intervenir en aquellos aspectos vinculados con la incorporación de estos últimos a los circuitos de información del Sector Público Nacional y con su archivo en medios alternativos al papel.

Que, por otra parte, la política pública de modernización se plasmó en el Decreto N° 434 del 1° de marzo de 2016 que aprobó el Plan de Modernización del Estado, con el objetivo de constituir una Administración Pública al servicio del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios.

Que el citado Decreto contempló en el eje "Plan de Tecnología y Gobierno Digital" el objetivo de implementar una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la Administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el enfoque estratégico para integrar todos los aspectos tecnológicos y administrativos de la tramitación digital completa, parte de concebir al documento electrónico como el elemento mínimo que compone la gestión administrativa digital, y al trámite como medio principal de organización de la acción administrativa estatal y de acceso de los ciudadanos a los bienes y servicios que brindan los organismos públicos y, en muchos casos masivos también, a los servicios que brindan empresas y organizaciones de la sociedad a particulares.

Que por lo tanto, resulta necesario instruir a los organismos del Sector Público Nacional para que integren sus sistemas o aplicaciones informáticas que no sean de gestión documental al sistema de Gestión Documental Electrónica \u2013 GDE a través del Módulo "INTEROPER.AR" de GDE, conforme lo determine la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que a los efectos de facilitar el acceso remoto de los administrados a las empresas de servicios públicos, se considera conveniente instruir a los entes reguladores para que obliguen a sus empresas controladas a constituir una cuenta de usuario en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica en un plazo de TREINTA (30) días en la cual serán válidas las notificaciones electrónicas.

Que dicha disposición se extiende a la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS \u2013 AFIP, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL \u2013 ANSES, los entes reguladores de servicios públicos y los que intervienen en la conformación y control de personas jurídicas.

Que la implementación de este enfoque estratégico de la política de modernización administrativa se puso en marcha mediante el Decreto Nº 561 de fecha 6 de abril de 2016, que dispuso la implementación del ecosistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) en las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional, como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y...

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