Decreto 2019/2009

Fecha de publicación17 Diciembre 2009
Fecha de disposición17 Diciembre 2009
SecciónDecretos
Número de Gaceta31803

Que por Disposición Nº 400 del 3 de abril de 2007 del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, se dispuso la convocatoria al proceso de selección para la cobertura de los cargos vacantes descongelados.

Que mediante la Disposición Nº 1749 del 10 de octubre de 2007, emanada del citado Organismo, se aprobó el orden de mérito definitivo.

Que vencido el plazo legal para la presentación de recursos administrativos, no se registra la interposición de impugnación alguna.

Que encontrándose firme el acto administrativo que aprobara el orden de mérito definitivo, procede designar en el cargo vacante correspondiente a la Sra. María Marta IERVASI (DNI 21.657.041).

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1053 del 27 de diciembre de 2006, se autorizó, con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 26.078, el descongelamiento de diversos cargos vacantes, teniendo vigencia dicha excepción para ese ejercicio fiscal y el siguiente, en los casos en que las vacantes descongeladas no hubieran podido ser cubiertas, por los correspondientes procesos de selección.

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 26.422 de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, corresponde exceptuar al SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION de dicha restricción.

Que por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02.

Que se ha dado cumplimiento al requerimiento efectuado mediante la citada Circular.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos y 10º de la Ley Nº 26.422 y conforme lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Exceptúase al SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, de la restricción contenida en el artículo 7º de la Ley Nº 26.422, al solo efecto de posibilitar la cobertura de un cargo vacante, nivel D, grado 0, denominación: Asistente Técnico Administrativo del Agrupamiento General,

Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08.

Art. 2º

Desígnase, en la planta permanente del citado Servicio Nacional, a la Sra. María Marta IERVASI, DNI Nº 21.657.041, en el cargo Nivel D, Grado 0, denominación: Asistente Técnico Administrativo, del Agrupamiento General,

Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08.

Art. 3º

La nombrada deberá asumir el cargo, dentro de los TREINTA (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación del presente Decreto. De no verificarse tal circunstancia o de cesar en sus funciones por cualquier causa, se procederá conforme lo previsto por el Art. 48 del Anexo al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08.

Art. 4º

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ARTICULO 1º, será imputado con cargo a las partidas específicas habilitadas a tal efecto.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D.

Fernández. --...

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