Decreto 626 de 11 de Abril de 2008

La Plata, 11 de abril de 2008.

VISTO el expediente Nº 2200-7.071/08, la Ley de Ministerios Nº 13.757 y el Decreto Nº 207/07, y

CONSIDERANDO:

Que es principal objetivo del Gobierno Provincial administrar los recursos económicos financieros de una manera eficiente y racional;

Que a tal efecto se estima necesario realizar un seguimiento permanente que coordine la información referente a subsidios, subvenciones, asistencias, ayudas financieras y todo otro tipo de transferencias no reintegrables que sean otorgadas a personas de derecho público o de derecho privado, por intermedio de los distintos organismos y reparticiones de la Administración Pública Provincial;

Que para lograr el objetivo propuesto y optimizar de ese modo la asignación de los recursos fiscales, debe establecerse que en el proceso de tramitación de las asistencias mencionadas en el párrafo precedente deberá intervenir el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno;

Que en virtud de las facultades de coordinación interministerial, y de seguimiento y evaluación presupuestaria otorgadas por la Ley de Ministerios Nº 13.757, resulta oportuno y conveniente encomendar al Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno efectuar dicho relevamiento;

Que para el Estado Provincial resulta necesario contar con un registro actualizado de las organizaciones de la comunidad, siendo indispensable la modificación del Decreto nº 711/06, para la implementación de este procedimiento;

Que para ello resulta imperioso relanzar el Registro Provincial de Organizaciones de la Comunidad (R.E.P.O.C.);

Que Asesoría General de...

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