Decreto 614/2009

Fecha de publicación27 Mayo 2009
Fecha de disposición27 Mayo 2009
SecciónDecretos
Número de Gaceta31661

Boletin oficial de la RepUblica aRgentina los documentos que aparecen en el bOletin OFicial de la RepUblica aRgentina serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (decreto nº 659/1947) Precio $ 0,90

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa LegaL y tecnIca Dr. Carlos alberto Zannini Secretario DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaL Dr. Jorge eDuarDo FeiJoÓ Director nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 723.199

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO Nº 31.661 2

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Ministerio De eConoMia Y FinanZas PubliCas 329/2009

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Ministerio De PlaniFiCaCion FeDeral, inVersion PubliCa Y serViCios 324/2009

modelación de la Rotonda en intersección de Acceso a la Ciudad de CAÑUELAS con Ruta Nacional Nº 205; b) Ramas de ingreso y egreso en zona de peaje TRISTAN SUAREZ y calle colectora pavimentada lado izquierdo entre progresivas 9,000 y 10,500; c) Obra de vinculación de Acceso a la Ciudad de EZEIZA a través de Calle FIRPO entre Ruta Nacional Nº 205 y colectora de la Autopista EZEIZA-CAÑUELAS; d) Nuevo Acceso al Mercado Central, rama descendente, con peaje; y e) Obras Complementarias y de Seguridad, atento a que la misma producirá un reordenamiento del tránsito vehicular y peatonal.

Que, por otra parte, la Cláusula Octava del ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL establece que las adecuaciones de tarifa por variaciones de precios que pudieran producirse en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones de la concesión, a partir de la suscripción del mismo serán considerados a la luz de su incidencia dentro del Plan Económico Financiero de la concesión y en la tasa interna de retorno del CONTRATO DE CONCESION DEL ACCESO RICCHERI.

Que corresponde, en consecuencia, aprobar el cálculo de la incidencia de las variaciones de precios operadas desde el mes de diciembre de 2005 hasta el mes de noviembre de 2008 en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el Plan Económico Financiero (PEF) de la CONCESION DEL ACCESO RICCHERI.

Que, en consecuencia, en ejercicio de las facultades conferidas en la Cláusula Octava del ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL, corresponde que el PODER EJECUTIVO NACIONAL apruebe el nuevo cuadro tarifario de la concesión de AEC SOCIEDAD ANONIMA que refleje la adecuación de las tarifas por la incidencia que las variaciones de los precios operadas desde el mes de diciembre de 2005 hasta el mes de noviembre de 2008 han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones de la CONCESION DEL ACCESO RICCHERI.

Que, por otra parte, la ejecución de nuevas obras no previstas en el respectivo CONTRATO DE CONCESION DEL ACCESO RICCHERI determina la necesidad de incluir modificaciones en dicho contrato y éste puede ser modificado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que se ha suscripto la CUARTA ADECUACION CONTRACTUAL del CONTRATO DE CONCESION DEL ACCESO RICCHERI entre el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA y SERVICIOS, y AEC SOCIEDAD ANONIMA, ad referéndum del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que en consecuencia corresponde que el PODER EJECUTIVO NACIONAL ratifique la CUARTA ADECUACION CONTRACTUAL.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para la firma del presente en virtud de lo dispuesto en el Artículo 99 incisos 1º y 2º de la CONSTITUCION NACIONAL, en la Ley Nº 17.520, en la Cláusula Octava del ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL aprobado por el Decreto Nº 42/2007 y en la Ley Nº 23.696.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Establécese en el marco de las políticas que viene implementando el GOBIERNO NACIONAL para mejorar la seguridad vial del país, la ejecución de nuevas obras no previstas en el CONTRATO DE CONCESION DEL ACCESO RICCHERI consistentes en: a) Segunda calzada de Acceso a la Ciudad de CAÑUELAS, que comprende (i) La ejecución de la segunda calzada de DOS (2) carriles en Acceso a la Ciudad de CAÑUELAS, incluida la iluminación, puente sobre Ruta Provincial Nº 6 y calles colectoras, (ii) Rama de enlace entre Ruta Provincial Nº 6 y Acceso a la...

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