Decreto 573/2023

Fecha de publicación02 Noviembre 2023
EmisorREGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-115630111-APN-SSGTYSB#MDS, la Ley de Ministerios (Ley Nº 22.520, texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios), la Ley Nº 27.453 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1382 del 9 de agosto de 2012 y sus modificaciones, 2670 del 1° de diciembre de 2015 y sus modificatorios, 358 del 22 de mayo de 2017, 499 del 12 de julio de 2017, 789 del 25 de noviembre de 2019 y 880 del 24 de diciembre de 2021 y la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL N° 483 del 6 de mayo de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 27.453 se declaró de interés público el Régimen de Integración Sociourbana de los Barrios Populares identificados en el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA (RENABAP) creado por el Decreto Nº 358/17, y se definió a la “integración socio urbana” como el conjunto de acciones orientadas a la mejora y ampliación del equipamiento social y de la infraestructura, el acceso a los servicios, el tratamiento de los espacios libres y públicos, la eliminación de barreras urbanas, la mejora en la accesibilidad y conectividad, el saneamiento y mitigación ambiental, el fortalecimiento de las actividades económicas familiares, el redimensionamiento parcelario, la seguridad en la tenencia y la regularización dominial, y se estableció que tales acciones deberán ser progresivas, integrales, participativas y con enfoque de género y diversidad.

Que mediante el Decreto Nº 1382/12 se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, que dentro de sus objetivos tiene a su cargo la ejecución de las políticas, normas y procedimientos que rigen la disposición y administración de los bienes inmuebles del Estado Nacional, posibilitando la puesta a disposición de los mismos de manera ágil y dinámica para la formulación de los diversos planes, programas y proyectos, para lo cual se le asignaron expresas facultades.

Que por el Decreto Nº 2670/15 se aprobó la Reglamentación del citado Decreto Nº 1382/12 a través de la cual se delimitó el ejercicio de las funciones de la mencionada Agencia.

Que mediante la modificación introducida por el Decreto Nº 358/17 al Decreto N° 2670/15 se creó, en la órbita de la referida Agencia, el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP), cuya función principal es la de registrar los bienes inmuebles ya sean de propiedad fiscal o de particulares donde se asientan los barrios populares, las construcciones existentes en dichos barrios y los datos de las personas que habitan en ellas, a efectos de desarrollar políticas públicas habitacionales inclusivas.

Que...

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